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El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517741 Artículo Tercero.- PRORROGAR el plazo establecido en el inciso a) de la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 300-MDCH hasta el 31 de Marzo del 2014. Artículo Cuarto.- DÉJESE SIN EFECTO los intereses moratorios que se pudieran generar con anterioridad la entrada en vigencia de la presente norma. Artículo Quinto.- FACULTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación, prórroga y/o ampliación de la presente norma. Artículo Sexto.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 1055269-1 Disponen convocar a elecciones de representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Chaclacayo ante el Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2014-MDCH Chaclacayo, 24 de febrero del 2014 VISTO: El Informe Nº 016-2014-GDS-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Social y el Informe Nº 028-2014/ PV-GDS-MDCH; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Municipal Nº 257-MDCH se aprobó el Reglamento Electoral de Consejo de Coordinación Local del distrito de Chaclacayo, que en su artículo 11º dispone que los funcionarios serán los que conformarán el Comité Electoral; Que, asimismo el artículo 14º y 15º del citado Reglamento establece que mediante Decreto de Alcaldía se convocará a elecciones de los representantes de las organizaciones del distrito de Chaclacayo ante el Consejo de Coordinación Local señalando lugar, fecha y hora de realización de las elecciones; Que, por Informe Nº 016-GDS/MDCH la Gerencia de Desarrollo Social solicita se emita el Decreto de Alcaldía que convoque a elecciones para el periodo 2014-2016; asimismo, remite el cronograma en el que se realizará el proceso electoral; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DESIGNAR al Comité Electoral que conducirá el proceso, el que estará integrado por los siguientes miembros: Titulares Jovana Janampa Fuertes Gerente de Desarrollo Presidente Social Miguel Camavilca Vega Jefe de la División de Secretario Participación Vecinal Ernesto David Febres Cuyubamba Gerente Vocal General Municipal Suplentes Jiannina Larrea Guzmán Gerente de Administración y Finanzas Maidy López Casimiro Gerente de Planeamiento y Presupuesto Luis Guiribalde Pacheco Jefe (e) de la Ofi cina de Control Institucional Artículo Segundo.- CONVOCAR a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil del distrito de Chaclacayo ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, para el 16 de Marzo de 2014, a horas 08.00 am a 12.00m que se desarrollará en la Institución Educativa Felipe Santiago Estenos. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del Proceso Electoral: ACTIVIDAD CRONOGRAMA Inscripción de candidatos 28/02/14 al 06/03/14 Publicación de Lista provisional de candidatos 07/03/14 Presentación de Tachas 07/03/14 al 09/03/14 Resolución de Tachas 09/03/14 Publicación de padrón electoral defi nitivo 12/03/14 Publicación de listas defi nitivas de candidatos 13/03/14 Acto Electoral – I.E. Felipe Santiago Estenos de 08.00am a 12.00m 16/03/14 Publicación de resultados 17/03/14 Juramentación del CCLD – Biblioteca Municipal de Chaclacayo. 06:00pm 21/03/14 Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Decreto de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 1055271-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan vigencia de beneficios tributarios y no tributarios establecidos en Ordenanza N° 285-2013-MDI, así como los beneficios denominados “Regularización de Procedimientos “ DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDI Independencia, 11 de febrero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPEDENCIA VISTO: El Memorandum Nº 74-2014-GR/MDI, emitido por la Gerencia de Rentas, el Memorando Nº 080-2014- GAL/MDI, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y con los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico: otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas y estableciendo que mediante Ordenanza se crean, modifi can suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de