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El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517745 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Autorizan Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito para el año 2014 DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2014/MDLCH Chosica, 19 de febrero de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº026-14-SGRC/MDLCH, la Sub Gerente de Registro Civil, señala que para el plan de acción ejercicio 2014, sugiere considerar la celebración de Matrimonios Comunitarios, como una forma de contribuir a que muchas parejas regularicen su unión de hecho, en la jurisdicción del distrito al amparo de lo preceptuado por los artículos 233 y 234 del Código Civil, Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, cumpliéndose con los requisitos señalados por el artículo 248 del mencionado Código Civil; ratifi cando el Gerente de Desarrollo Social mediante su Informe Nº12-2014/GDS/MDLCH, que propone el siguiente cronograma para la realización de dichos eventos: sábado 22 de marzo, sábado 17 de mayo, sábado 18 de octubre y sábado 13 de diciembre del 2014. Que, mediante Informe Nº128-2014-MDLCH/GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica, expresa que teniendo protección constitucional y legal la celebración de matrimonios comunitarios que tienen un tratamiento especial en cuando sus plazos de convocatoria y celebración, opina que es procedente el pedido de la Gerencia de Desarrollo Social de acuerdo al cronograma propuesto en su informe que antecede, indicando se cumpla con los requisitos que exige el artículo 248 del Código Civil. Por los fundamentos expuestos y en atribución de los artículos 84° y 20°, incisos 6) y 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE DECRETA: Primero.- AUTORIZAR el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Lurigancho - Chosica, de acuerdo al siguiente cronograma: - Sábado 22 de marzo de 2014 - Sábado 17 de mayo de 2014 - Sábado 18 de octubre de 2014 - Sábado 13 de diciembre de 2014 Segundo.- Los requisitos para acceder al presente procedimiento son los siguientes: 1. Partida de nacimiento original y actualizada. 2. Copia fedateada del documento nacional de identidad (DNI). 3. Declaración jurada de domicilio. 4. Certifi cado médico para matrimonio de posta. 5. Dos testigos con identifi cación. 6. Publicación de edicto. 7. Recibo de pago por Pliego y derecho de Matrimonio Comunitario (S/53.37 Nuevos Soles) 8. Viudos o divorciados adicionarán los requisitos señalados por el Código Civil. Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerios la organización de los correspondientes expedientes matrimoniales bajo la estricta supervisión y responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social, señalándose como obligatorios la presentación y cumplimiento de los requisitos precisados en los artículos 248°, 250° y los que fueren de aplicación, según el caso, del Código Civil. Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica, la difusión correspondiente para estos importantes eventos. Registrese, comuniquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1055120-1 Amplían plazo de vencimiento para el pago de primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2014/MDLCH Chosica, 24 de febrero de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; Visto el Informe Nº59-2014/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual amplía el plazo de vencimiento del primer trimestre del impuesto predial y de los arbitrios municipales del año 2014, hasta el 31 de marzo del presente año. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el 8 de febrero de 2014, se establece el vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014. Que, en vista de que a la fecha aún muchos contribuyentes no han recibido sus cuponeras de pago debido a la demora del proceso de convocatoria para el servicio de elaboración y distribución de las referidas cuponeras, se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme a lo establecido en el artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº135-99-EF, concordante con el artículo 4º de la Ordenanza Nº196-MDL; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago de PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2014 hasta el día 31 de MARZO del presente año. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1055121-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Exoneran del pago de arbitrios municipales generados en el período fiscal 2014 a personas con discapacidad con un solo predio ORDENANZA Nº 004-MDMM Magdalena, 12 de febrero de 2014