Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2014 (28/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 310-MDS, faculta al senor MORDAZA para que aplicacion de la norma; asi como de la prorroga de las fechas dispuestas en el articulo primero de dicha Ordenanza; Que, en la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 309-MDS, se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia extienda las fechas de vencimiento de los periodos bimensuales descritos en el articulo 16º, de dicha Ordenanza, asi como dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de la citada norma. Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 312-MDS, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicacion de dicha Ordenanza; asi como de la prorroga de la misma; Que, mediante el Informe Nº 93-2014-SGAT-GRMDS de fecha 25 de febrero de 2014, la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, opina tecnicamente por la procedencia de prorrogar, hasta el dia 31 de marzo de 2014, las fechas de vencimiento para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y la Primera Cuota de los Arbitrios Municipales, fijadas para el dia 28 de febrero de 2014, a efecto de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que deseen cancelar sin intereses moratorios la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales determinados para el ejercicio 2014, Estando a lo expuesto con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 089-GAJMDS; y en virtud de las normas acotadas de los informes de las areas competentes y de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 en el articulo 20º numeral 6) y articulo 42º ; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el dia 31 de marzo de 2014, las fechas de vencimiento establecidas para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, fijadas para el dia 28 de febrero de 2014; Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el dia 31 de marzo de 2014, las fechas de vencimiento establecidas para la aplicacion de descuentos en arbitrios municipales del ejercicio 2014, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014; Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas a traves de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Estadistica e Informatica y Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR la publicacion del presente Decreto a la Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055251-1

El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 280-2014-SGAOT-GR/MVES de la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria y el Informe Nº117-2014/OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica,el Memorandum Nº 452-2014-GM-MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194º y 195º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada anualmente el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el Municipio establezca prorroga, ademas senala que la actualizacion de los valores de predios por las Municipalidades sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada y se entendera como valida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto; Que, el articulo 15º del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el impuesto predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este ultimo caso las cuotas deberan pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 293-MVES de fecha 17 de enero de 2014, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA aprobo incentivo del descuento sobre los arbitrios municipales 2014 por el pago adelantado del impuesto predial y los arbitrios municipales con la finalidad que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias del 2014, que tiene la misma fecha de vencimiento que el pago del primer trimestre del Impuesto Predial 2014; Que la Ordenanza Municipal Nº 293-MVES faculta expresamente al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para su adecuada aplicacion y establezca la prorroga de la vigencia de la misma; Que, la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria mediante el Informe Nº280 -2014-SGAOT-GR/ MVES, propone prorrogar el vencimiento del pago de la primera cuota del impuesto predial y de los arbitrios municipales, asi como de los incentivos y beneficios establecidos en la ordenanza senalada con la finalidad que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias del ejercicio 2014. Estando a lo solicitado, contando con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº117-2014-OAJ/MVES, y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 6º, 20º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2014 el vencimiento del plazo para la MORDAZA de la declaracion jurada anual ordinaria y actualizacion de los valores de los predios por la Municipalidad. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2014 el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2014.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Prorrogan vencimiento de primera cuota de los Arbitrios Municipales y del Impuesto Predial del ejercicio 2014, asi como el vencimiento de plazo para la MORDAZA de la declaracion jurada anual ordinaria y actualizacion de los valores de los predios por la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2014-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 25 de febrero de 2014

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