Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

526970

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

Modifican Indices de Distribucion del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013
RESOLUCION MINISTERIAL N° 220-2014-EF/11 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27506, Ley de Canon, senala que el Canon Minero esta constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metalicos y no metalicos, asi como establece los criterios y porcentajes para la distribucion de dicho Canon a los gobiernos regionales y locales beneficiarios, de acuerdo a los indices de distribucion que fije el Ministerio de Economia y Finanzas en base a criterios de Poblacion y Necesidades Basicas Insatisfechas; Que, de acuerdo al numeral 5.3 del articulo 5° de la mencionada Ley y al literal a) del articulo 5-A del Decreto Supremo N° 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon, cuando el titular minero posee varias concesiones en explotacion ubicadas en circunscripciones distintas, el Canon Minero se distribuira en proporcion al valor de venta del concentrado o equivalente proveniente de cada concesion, segun declaracion jurada sustentada en cuentas separadas que formulara el titular minero a los Ministerios de Economia y Finanzas y de Energia y Minas, estableciendose que cuando la extension de una concesion minera en explotacion comprenda circunscripciones vecinas, la distribucion se realizara en partes iguales; Que, el literal a) del articulo 7° del Decreto Supremo N° 005-2002-EF establece que para la determinacion del monto del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta, el Ministerio de Energia y Minas informara al Ministerio de Economia y Finanzas respecto a los titulares o concesionarios o empresas, ubicacion distrital del recurso explotado y su RUC correspondiente, que durante el ejercicio gravable del ano anterior hayan realizado actividades extractivas de recursos naturales, ademas, dicha informacion debera consolidar, coordinar y uniformizar la informacion contenida en la declaracion jurada referida en el considerando precedente, de acuerdo a lo dispuesto por el literal e) del articulo 5-A del referido Decreto Supremo; Que, con fecha 24 de junio de 2014, se emitio la Resolucion Ministerial Nº 204-2014-EF/11, que aprobo los Indices de Distribucion del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, los cuales fueron determinados en base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, el Ministerio de Energia y Minas, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, el Ministerio de la Produccion y por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha remitido el Oficio Nº 123-2014-MEM/VMM, de fecha 02 de MORDAZA de 2014, que adjunta el Informe N° 747-2014-MEM-DGM/DPM de la Direccion General de Mineria, en el que se senala que con fecha 01 de MORDAZA de 2014, la empresa MINSUR S.A. informa que por un error involuntario omitieron consignar en su Declaracion Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado (Metalico) o componente Minero (No Metalico), ciertos datos relacionados a la ubicacion de la concesion minera "Nueva Acumulacion Quenamari-San Rafael", por lo que a la informacion remitida al Ministerio de Economia y Finanzas mediante el Oficio Nº 099-2014MEM/VMM, con fecha 20 de MORDAZA de 2014, deberan incorporarse los distritos de Ajoyani, Macusani y Potoni, y las provincias de Azangaro y Carabaya; Que, conforme al literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia

con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, los Indices de Distribucion del Canon Minero son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, los mismos que son determinados y actualizados por la Direccion General de Presupuesto Publico de dicho Ministerio, de acuerdo a los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar los Indices de Distribucion del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 2042014-EF/11, correspondientes a los gobiernos locales de las provincias de Azangaro, Carabaya, y MORDAZA del departamento de Puno; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27506, Ley de Canon, el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon, y el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3042012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar los Indices de Distribucion del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 204-2014-EF/11, correspondiente a los gobiernos locales de las provincias de Azangaro, Carabaya, y MORDAZA del departamento de MORDAZA, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- La presente Resolucion Ministerial y su respectivo Anexo seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION CANON MINERO ANO 2013 GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDADES) MORDAZA AZANGARO AZANGARO ACHAYA MORDAZA ASILLO CAMINACA CHUPA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNANI POTONI MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA SAN MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE PUPUJA TIRAPATA 0.0010354220 0.0002302264 0.0003610362 0.0008237647 0.0001879416 0.0006847998 0.0002741925 0.0003438328 0.0013800992 0.0007278640 0.0004175001 0.0002889647 0.0002216854 0.0002707715 0.0001504273 INDICE

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.