Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2014 (10/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

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de 2014, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario general de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor MORDAZA MORDAZA Castillo. CONSIDERANDOS 1. El literal b del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 27 de junio de 2014 (fojas 005), el secretario general de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, remite MORDAZA certificada de la licencia, sin goce de haber, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento el 6 de junio de 2014 (fojas 006), ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 0282014-MPSC, de fecha 11 de junio de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 7 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo provincial, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 01402014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA Ulco Layza, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 44114485, candidato no proclamado de la alianza electoral Sumate ­ Peru Posible, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Ulco Layza, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 44114485, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Casma, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 575-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00679 CASMA - MORDAZA MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 0241-2014-SG-MPSC y Nº 0244-2014-SG-MPSC, presentados el 20 y 30 de junio de 2014, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario general de la Municipalidad Provincial de Casma, departamento de MORDAZA, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida a la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Aguilar. CONSIDERANDOS 1. El literal b del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 30 de junio de 2014 (fojas 005), el secretario general de la Municipalidad Provincial de Casma, remite MORDAZA certificada de la licencia, sin goce de haber, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA, presento el 27 de MORDAZA de 2014 (fojas 004), ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 062-2014-MPC, de fecha 27 de MORDAZA de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA, regidora del concejo provincial, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 01402014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 21431759, candidato no proclamado del movimiento regional Movimiento Regional MORDAZA - Dignidad, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA, regidora del Concejo Provincial de Casma, departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 21431759, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Casma, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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