Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 739 743,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, destinada a financiar el pago de la Compensacion por Tiempo de Servicios del personal militar del Ejercito Peruano, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA:

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 196-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 establece la nueva estructura de ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, la cual tiene como proposito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficios del personal militar y policial, estableciendo una unica y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2013-EF y modificatorias se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, el literal c) del articulo 9 del Decreto Legislativo N° 1132 y el articulo 13 de su Reglamento MORDAZA citado reconoce como beneficio a la Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS), que se otorgara por unica vez al momento que el personal militar o policial pase a la Situacion de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Publico (UISP) establecida en la Ley Nº 28212 y los anos completos de servicio prestados, y que sera calculada en funcion de la remuneracion base para la CTS regulada en el articulo 21 del Decreto Legislativo N° 1132; Que, mediante Oficio N° 542-2014-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa ha solicitado una transferencia de recursos, entre otros, para financiar el pago de la Compensacion por Tiempo de Servicios del personal militar del Ejercito Peruano que ha pasado a la situacion de retiro (397 beneficiarios), en base a lo dispuesto por el articulo 21 del Decreto Legislativo Nº 1132 y su Reglamento, senalando que dichos recursos no han sido previstos por el citado pliego; Que, conforme a la informacion registrada en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico y a lo dispuesto por el literal c) del articulo 9 y el articulo 21 del Decreto Legislativo Nº 1132, se ha determinado que el costo del beneficio de Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) para el personal militar (397 beneficiarios) que han pasado a la situacion de retiro del Ejercito Peruano consignados en el Oficio N° 5422014-MINDEF/DM del Ministerio de Defensa asciende a la suma total de VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 739 743,00); Que, asimismo, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos solicitados para las acciones MORDAZA descritas no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Defensa, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma total de VEINTISIETE

Articulo 1.- Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma total de VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 739 743,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, destinada a financiar el pago de la Compensacion por Tiempo de Servicios del personal militar del Ejercito Peruano que ha pasado a situacion de retiro, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACTIVIDAD : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 5 000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 026 : Ministerio de Defensa 003 : Ejercito Peruano 1 : Recursos Ordinarios 27 739 743,00 -------------------27 739 743,00 ===========

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5 002090 : Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales Subtotal UE 003 TOTAL PLIEGO 026 TOTAL EGRESOS 27 739 743,00 -------------------27 739 743,00 -------------------27 739 743,00 ============ 27 739 743,00 ============

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que

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