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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2014 (12/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Sábado 12 de julio de 2014 527573 cual el Fondo Internacional para la Diversidad Cultural menciona los proyectos aprobados en año 2013 para su fi nanciamiento, siendo el proyecto presentado por el Ministerio de Cultura, el único aprobado, adjuntando también el Plan de Trabajo donde se detalla las actividades y cronograma; Que, mediante Informe N° 053-2014-OT-OGA-SG/MC del 5 de junio de 2014, la Ofi cina de Tesorería comunicó que la diferencia de US $ 122,00 (CIENTO VEINTIDOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) existentes entre el importe de US $ 10 000,00 (DIEZ MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), y el importe percibido de US $ 9 878,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), corresponde a la comisión del Banco de Crédito del Perú y a los gastos del remitente; Que, el numeral 42.1 del artículo 42 del TUO, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 69 del TUO, señala que “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. (…)”; Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.06 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01, dado el carácter fi nanciero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios cuyos montos se registran en números enteros; Que, de acuerdo al marco normativo referido precedentemente, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, ha realizado el análisis al expediente presentado por la Ofi cina General de Administración, dando cuenta que el importe a ser incorporado producto de la donación efectuada por el Fondo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, United Nations Educational, Scientifi c and Cultural Organization, UNESCO, para la protección y promoción de la diversidad cultural asciende a S/. 27 530,00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); Que, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01, modifi cada por Resolución Directoral N° 025-2013-EF/50.01, establece que se utilice el Modelo N° 04/GN para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos por el titular del pliego; Con el visado de la Secretaria General, del Director de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, actualmente Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Directiva N° 005-2010- EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01, modifi cada por la Resolución Directoral N° 025-2013- EF/50.01; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Resolución Ministerial N° 366-2013- MC, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptación Aceptar y agradecer la donación de S/. 27 530,00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), efectuada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, United Nations Educational, Scientifi c and Cultural Organization, UNESCO, para la protección y promoción de la diversidad cultural para el desarrollo de actividades y tareas consideradas dentro del proyecto a cargo del Ministerio de Cultura en el marco de la citada donación. Artículo 2°.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 27 530,00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias 1.4 Donaciones y Transferencias 27 530,00 1.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes 27 530,00 1.4.1.2 De Organismos Internacionales 27 530,00 1.4.1.2.2 Otros Organismos 27 530,00 1.4.1.2.2.3 Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO 27 530,00 --------------- TOTAL INGRESOS 27 530,00 ========= EGRESOS En Nuevos Soles Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 003 Ministerio de Cultura Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Cultura – Administración General Categoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos Producto : 3999999 Sin Producto Actividad : 5001916 Defensa del Patrimonio Cultural Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos Corrientes: 2.3. Bienes y Servicios 27 530,00 --------------- TOTAL EGRESOS 27 530,00 ========= Artículo 3°.- Codifi cación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4°.- Notas para Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Cultura, para que elabore la correspondiente “Nota para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5°.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1109615-2