Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptacion Aceptar y agradecer la donacion de S/. 27 530,00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), efectuada por la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura, United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization, UNESCO, para la proteccion y promocion de la diversidad cultural para el desarrollo de actividades y tareas consideradas dentro del proyecto a cargo del Ministerio de Cultura en el MORDAZA de la citada donacion. Articulo 2°.- Incorporacion Autorizar la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 27 530,00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Nuevos Soles Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias 1.4 Donaciones y Transferencias 27 530,00 1.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes 27 530,00 1.4.1.2 De Organismos Internacionales 27 530,00 1.4.1.2.2 Otros Organismos 27 530,00 1.4.1.2.2.3 Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO 27 530,00 --------------TOTAL INGRESOS 27 530,00 ========= EGRESOS Seccion Primera Pliego Unidad Ejecutora En Nuevos Soles

cual el Fondo Internacional para la Diversidad Cultural menciona los proyectos aprobados en ano 2013 para su financiamiento, siendo el proyecto presentado por el Ministerio de Cultura, el unico aprobado, adjuntando tambien el Plan de Trabajo donde se detalla las actividades y cronograma; Que, mediante Informe N° 053-2014-OT-OGA-SG/MC del 5 de junio de 2014, la Oficina de Tesoreria comunico que la diferencia de US $ 122,00 (CIENTO VEINTIDOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) existentes entre el importe de US $ 10 000,00 (DIEZ MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), y el importe percibido de US $ 9 878,00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), corresponde a la comision del Banco de Credito del Peru y a los gastos del remitente; Que, el numeral 42.1 del articulo 42 del TUO, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que, el articulo 69 del TUO, senala que "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos. Dicha Resolucion o Acuerdo, segun corresponda, seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. (...)"; Que, de conformidad con lo senalado en el numeral 25.1 del articulo 25 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.06 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", aprobada por Resolucion Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, modificada por la Resolucion Directoral Nº 025-2013-EF/50.01, dado el caracter financiero del Presupuesto del Sector Publico, solo procede la incorporacion de recursos monetarios cuyos montos se registran en numeros enteros; Que, de acuerdo al MORDAZA normativo referido precedentemente, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha realizado el analisis al expediente presentado por la Oficina General de Administracion, dando cuenta que el importe a ser incorporado producto de la donacion efectuada por el Fondo de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura, United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization, UNESCO, para la proteccion y promocion de la diversidad cultural asciende a S/. 27 530,00 (VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); Que, el numeral 19.3 del articulo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria" aprobada por Resolucion Directoral N° 030-2010-EF/76.01, modificada por Resolucion Directoral N° 025-2013-EF/50.01, establece que se utilice el Modelo N° 04/GN para la aprobacion de la incorporacion de mayores fondos publicos por el titular del pliego; Con el visado de la Secretaria General, del Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", aprobada por Resolucion Directoral N° 030-2010-EF/76.01, modificada por la Resolucion Directoral N° 025-2013EF/50.01; la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Resolucion Ministerial N° 366-2013MC, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Ministerio de Cultura, correspondiente al Ano Fiscal 2014;

: Gobierno Central : 003 Ministerio de Cultura : 001 Ministerio de Cultura ­ Administracion General Categoria Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos Producto : 3999999 Sin Producto Actividad : 5001916 Defensa del Patrimonio Cultural Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos Corrientes: 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 27 530,00 --------------27 530,00 =========

Articulo 3°.- Codificacion La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4°.Notas para Modificacion Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, instruira a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Ministerio de Cultura, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 5°.- MORDAZA de la Resolucion MORDAZA de la presente Resolucion se presenta dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1109615-2

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