Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1109882-4

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Agricultura y Riego a favor del pliego Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 197-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la Ley Nº 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego, dispone que dicho Ministerio es el organo rector del Sector Agrario, que comprende, entre otros, las tierras de uso MORDAZA y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; los recursos hidricos; la infraestructura agraria; riego y utilizacion de agua para uso agrario; asimismo, establece la politica nacional y sectorial en materia agraria y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (SERFOR) como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, como pliego presupuestario adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, constituyendose en la nueva autoridad nacional forestal y de fauna MORDAZA, asi como se constituye como ente rector del Sistema Nacional de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA (SINAFOR) y se constituye en su autoridad tecnico normativa a nivel nacional; Que, la Sexta Disposicion Complementaria Transitoria de la citada Ley Nº 29763 establece que el Poder Ejecutivo dicta las medidas necesarias para el MORDAZA de fusion, bajo la modalidad de absorcion, de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego al Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (SERFOR), correspondiendo a este ultimo la calidad de ente absorbente; asimismo, la Novena Disposicion Complementaria Transitoria de la misma Ley Nº 29763 dispone que el pliego presupuestario Ministerio de Agricultura y Riego propone al Ministerio de Economia y

Finanzas la transferencia de las partidas correspondientes a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del SERFOR, en el MORDAZA del MORDAZA de fusion por absorcion aprobado mediante la Sexta Disposicion Complementaria Transitoria; Que, la Decima Tercera Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se requieran realizar como consecuencia de la fusion de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos publicos y comisiones, asi como las transferencias de funciones que se efectuen entre entidades del Poder Ejecutivo como parte de la reforma de la estructura del Estado, de acuerdo con la Ley 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA ­ SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, dispone que el MORDAZA de fusion por absorcion dispuesto en la Sexta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29763 concluira en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la citada norma; posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2014-MINAGRI se establece un MORDAZA plazo para el desarrollo y culminacion del mencionado MORDAZA de fusion el mismo que tendra una duracion no mayor a ciento ochenta (180) dias calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Oficio Nº 1828-2014-MINAGRI-OPP/UPRES y el Informe Nº 1482014-MINAGRI-UPRES/OPP, emite opinion favorable a la transferencia de recursos presupuestales, hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 45 877 321,00), del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, a favor del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, en razon a que en el presupuesto institucional del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego se cuenta con recursos en las MORDAZA de Financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados, Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, y Donaciones y Transferencias, para ser transferidos al pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, en el MORDAZA del MORDAZA de fusion indicado en los considerandos precedentes; en merito de lo cual, con Oficio Nº 0716-2014-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego remite un proyecto de Decreto Supremo que aprueba la referida transferencia de partidas; Que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 45 877 321,00), del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a favor del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, en el MORDAZA del MORDAZA de fusion de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego al Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, de conformidad con la Sexta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; De conformidad con lo establecido en Novena Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, y la Decima Tercera Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014,

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