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El Peruano Sábado 12 de julio de 2014 527571 y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de la “Guía de Inventario de la Flora y Vegetación”, que forma parte integrante de la presente resolución. Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultaspublicas), a fi n de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1º de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste Nº 1440, San Isidro – Lima, y/o a la dirección electrónica inventariofl ora@ minam.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1109638-4 Crean el Premio Nacional Ambiental y aprueban su reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2014-MINAM Lima, 10 de julio de 2014 VISTO: El Informe Nº 065-2014-MINAM/SEG/COM del Responsable de Comunicaciones de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente y el Memorando Nº 249-2014-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1013 se creó el Ministerio del Ambiente – MINAM como organismo del Poder Ejecutivo, rector del sector ambiental, con personería jurídica de derecho público, que tiene entre sus funciones, dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y el Sistema Nacional de Información Ambiental, así como promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible y fomentar un cultura ambiental; Que, el artículo 28º numeral 28.3 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, dispone que los organismos públicos de alcance nacional, los Gobiernos Regionales y Locales impulsarán el otorgamiento de compensaciones y gratifi caciones honorífi cas para aquellos ciudadanos que colaboren activamente en la defensa y protección del patrimonio ambiental y los recursos naturales; Que, de acuerdo al artículo 37º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, las entidades públicas establecen medidas para promover el debido cumplimiento de las normas ambientales y mejores niveles de desempeño ambiental, tales como los reconocimientos públicos; Que, de conformidad con el artículo 150º de la Ley mencionada en el considerando precedente, constituyen conductas susceptibles de ser premiadas con incentivos, aquellas medidas o procesos que por iniciativa del titular de la actividad son implementadas y ejecutadas con la finalidad de reducir y/o prevenir la contaminación ambiental y la degradación de los recursos naturales, más allá de lo exigido por la normatividad aplicable o la autoridad competente y que responda a los objetivos de protección ambiental contenidos en la Política Nacional, Regional, Local o Sectorial, según corresponda; Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, dispone entre sus lineamientos de política para la Gobernanza Ambiental, fomentar la inversión privada para la ejecución de programas, proyectos y actividades orientadas a mejorar la gestión ambiental, al igual que la responsabilidad socio-ambiental y la ecoefi ciencia por parte de personas, familias, empresas e instituciones; Que, en ese sentido se ha propuesto la creación del “Premio Nacional Ambiental”, para incentivar y reconocer las iniciativas de responsabilidad socio ambiental que han permitido al MINAM identifi car buenas prácticas ambientales, por parte del sector empresarial, la sociedad civil y el sector académico, a fi n de estimular el surgimiento de nuevos aportes de la sociedad peruana para la conservación, defensa, protección y mejora del ambiente; Con el visado de la Secretaría General; de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; del Viceministerio de Gestión Ambiental; del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM; Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear el Premio Nacional Ambiental, como reconocimiento al desempeño ambiental de personas naturales o jurídicas a efectos de generar un mayor impacto en el desarrollo de acciones apropiadas para la protección ambiental, el manejo sostenible de los recursos naturales y la conservación; y de promover el fomento de una cultura de responsabilidad ambiental en el país. Artículo 2.- Aprobar el Reglamento del Premio Nacional Ambiental, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer que los diversos órganos, organismos y proyectos del sector ambiente se adecúen a lo dispuesto en la presente norma, con la fi nalidad de asegurar que el Premio Nacional Ambiental y sus respectivas categorías, se constituyan en referentes para el logro de modos de vida sostenible en el Perú. Queda exceptuado de la presente disposición la certifi cación de la gestión ambiental local sostenible (GALS) dirigido a reforzar el desempeño de la gestión ambiental a nivel municipal. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y de su anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente. Primera Disposición Transitoria.- Establecer de manera excepcional para el año 2014, que la categoría de Gestión del Cambio Climático del Premio Nacional Ambiental, a la que se refi ere el numeral 6.5º del Reglamento, tendrá las siguientes subcategorías: 1. Proyectos de adaptación y mitigación frente al Cambio Climático, a cargo de personas naturales o jurídicas en el ámbito urbano. 2 Proyectos de adaptación y mitigación frente al Cambio Climático a cargo de empresas fuera del ámbito urbano. 3. Proyectos y acciones frente al cambio climático con arraigo en el conocimiento tradicional de comunidades campesinas, comunidades nativas y pequeños productores rurales, desarrollados de desarrollado en forma autónoma, 4. Proyectos y acciones frente al cambio climático que conjugan e integran conocimiento local o tradicional y conocimiento moderno, realizadas por comunidades campesinas, comunidades nativas y pequeños productores rurales, con el apoyo de actores externos. Precisase que las subcategorías indicadas en los numerales 3 y 4 de la presente Disposición Transitoria son las contenidas en el concurso “Buenas prácticas frente al cambio climático en el medio rural”, convocado por el MINAM con fecha 09 de mayo del presente año, el que se seguirá rigiendo por las disposiciones contenidas en sus bases.