Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008-AG, los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 28° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Articulo 21º de la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA de Naciones (CAN) prescribe que los Paises Miembros que realicen importaciones desde terceros paises se aseguraran que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de proteccion inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Informe N°0019-2014-MINAGRI-SENASADSA-SDCA-LCASTILLO de fecha 03 de MORDAZA de 2014, recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importacion de ovinos y caprinos para reproduccion, engorde y exposicion o ferias procedentes de Colombia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA de Naciones; y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer los requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de ovinos y caprinos para reproduccion, engorde y exposicion o ferias procedentes de Colombia. Articulo 2°.- Los requisitos sanitarios seran publicados en el MORDAZA institucional del SENASA (www.senasa.gob. pe). Articulo 3º.- Disponer la emision de los Permisos Sanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 4°.- El SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1108723-1

Respuesta en el MORDAZA, incluyendo los puntos de entrada, en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Reglamento Sanitario Internacional (2005); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Insumos Agropecuarios y Janios MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Sanidad Animal, ambos funcionarios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comision Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento del Plan de Mejoramiento de Capacidades Basicas de la Vigilancia y Respuesta en el MORDAZA, incluyendo los puntos de entrada, en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Reglamento Sanitario Internacional (2005). Articulo 2.- Notificar la presente Resolucion Ministerial a la Comision Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento del Plan de Mejoramiento de Capacidades Basicas de la Vigilancia y Respuesta en el MORDAZA, incluyendo los puntos de entrada, en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Reglamento Sanitario Internacional (2005) y a los representantes designados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1108729-1

Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de ovinos y caprinos para reproduccion, engorde y exposicion o ferias procedentes de Colombia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0013-2014-MINAGRI-SENASA-DSA 8 de MORDAZA de 2014 VISTO: El INFORME-0019-2014-MINAGRI-SENASA-DSASDCA-LCASTILLO, de fecha 03 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, senala que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA; Que, asimismo, el articulo 9° de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del

FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0382-2014-MINAGRI Mediante Oficio Nº 748-2014-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0382-2014MINAGRI, publicada en la edicion del MORDAZA 6 de MORDAZA de 2014. En el Articulo 1º: DICE: Aceptar la donacion dineraria efectuada por FONDOEMPLEO hasta por la suma de Tres Millones Veintiun Mil Setecientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 021 799,00) para el financiamiento del proyecto 5005437 "Asociatividad y Gerencia Rural para mejorar ingresos economicos y empleo de los productores del MORDAZA Viejo del Distrito de Olmos" en el Departamento de MORDAZA, en el MORDAZA del Convenio de Financiamiento N° 008-2014-MINAGRIDM.

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