Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

527592
Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza, al Ministerio de Energia y Minas a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, con el fin de que dichos recursos MORDAZA destinados a la implementacion del mecanismo de Ventanilla Unica en el MORDAZA del MORDAZA de formalizacion de la actividad minera; Que, asimismo, la citada disposicion establece que las referidas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se financiaran con cargo al presupuesto del Ministerio de Energia y Minas y se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Energia y Minas, a propuesta de este ultimo, previa suscripcion de los respectivos convenios celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las entidades involucradas; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, mediante el articulo 15 del Decreto Legislativo N° 1105 se establece, entre otros, a la Ventanilla Unica como herramienta para la agilizacion de los tramites de formalizacion de la actividad minera; ventanilla ante la cual el interesado podra realizar los tramites y solicitar informacion sobre su MORDAZA de formalizacion; Que, a traves del Informe N° 021-2014-MEM-OGP/ PRES, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas se pronuncia favorablemente sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energia y Minas ­ Central y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales, en aplicacion a lo dispuesto en la Nonagesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, para la implementacion del mecanismo de Ventanilla Unica en el MORDAZA del MORDAZA de formalizacion de la actividad minera; precisando ademas que se han suscrito los convenios correspondientes con los respectivos Gobiernos Regionales; en virtud de lo cual, con Oficio N° 1090-2014-MEM/SEG, el referido Ministerio solicita la transferencia de recursos; Que, en consecuencia, en aplicacion de lo dispuesto en la Nonagesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 658 543,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, del presupuesto institucional del ano fiscal 2014 del pliego 016: Ministerio de Energia y Minas, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energia y Minas ­ Central, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para la implementacion del mecanismo de Ventanilla Unica en el MORDAZA del MORDAZA de formalizacion de la actividad minera; De conformidad con lo establecido en la Nonagesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 658 543,00), del pliego Ministerio de Energia y Minas, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para el financiamiento de la implementacion del mecanismo de Ventanilla Unica en el MORDAZA del MORDAZA de formalizacion de la actividad minera, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles ACTIVIDAD

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

5000778 : Formalizacion del pequeno productor minero y pequeno minero artesanal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 4 088 046,00 GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS CATEGORIA PRESUPUESTAL 3 570 497,00 ------------------7 658 543,00 En Nuevos Soles :Instancias Descentralizadas :Gobiernos Regionales

9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000778 : Formalizacion del pequeno productor minero y pequeno minero artesanal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS 4 088 046,00 3 570 497,00 ----------------7 658 543,00

1.2 Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego, se detallan en el Anexo 01 "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales para la implementacion del mecanismo de Ventanilla Unica en el MORDAZA del MORDAZA de formalizacion de la actividad minera" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) y del Ministerio de Energia y Minas (www. minem.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La desagregacion de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo 02 que forma parte de la presente MORDAZA, a nivel de MORDAZA de Transaccion, Generica, Subgenericas y Especifica; y, se presentaran junto con la Resolucion a la que se hace referencia en el parrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) y del Ministerio de Energia y Minas (www. minem.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente

: Gobierno Central 016 : Ministerio de Energia y Minas 001 : Ministerio de Energia y Minas Central CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.