Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Oficial MORDAZA comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1109884-9 RESOLUCION SUPREMA N° 323-2014-DE/MGP MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 Visto, el Oficio P.200-1513 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 3 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, en la VI Reunion entre los Capitanes de Puerto de Iquitos, Tabatinga (Republica Federativa del Brasil), MORDAZA y Puerto Leguizamo (Republica de Colombia), se acordo que la proxima reunion tripartita de Capitanes de Puerto, se realice en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, con el proposito de tratar temas sobre casos de seguridad de MORDAZA humana, proteccion del medio acuatico, actos ilicitos y el intercambio de informacion sobre las embarcaciones que navegan en el ambito fluvial; Que, el Director General Maritimo de Colombia, ha cursado invitacion para participar en la VII Reunion de Capitanes de Puerto de Iquitos (Republica del Peru), MORDAZA y Leguizamo (Republica de Colombia) y Tabatinga (Republica Federativa del Brasil), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 16 al 18 de MORDAZA de 2014 Que, la presente reunion se realiza en el MORDAZA de absoluta franqueza, cordialidad, profesionalismo y camaraderia, en la cual se afianzan los lazos de amistad y cooperacion para la lucha contra las actividades ilicitas comunes que se presentan en sus respectivas jurisdicciones; asi como, optimizar las medidas de apoyo en la lucha contra la contaminacion del medio acuatico y en las operaciones de busqueda y rescate Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2014, la designacion y autorizacion de viaje de DOS (2) Oficiales Superiores para que participen en la mencionada Reunion; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio SGC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gianuzzi y del Capitan de Fragata SGC. MORDAZA MORDAZA FANO MORDAZA, para que participen en la VII Reunion de Capitanes de Puerto de Iquitos, MORDAZA y Leguizamo (Republica de Colombia) y Tabatinga (Republica Federativa del Brasil), a realizarse en la

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 16 al 18 de MORDAZA de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Autoridad Maritima Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participacion del Personal MORDAZA comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con UN (1) dia de anticipacion; asi como, su retorno UN (1) dia despues del evento, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N° 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N° 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio SGC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gianuzzi, CIP. 06833573, DNI. 07595417 y del Capitan de Fragata SGC. MORDAZA MORDAZA FANO MORDAZA, CIP. 01801843, DNI. 43419524, para que participen en la VII Reunion de Capitanes de Puerto de Iquitos (Republica del Peru), MORDAZA y Leguizamo (Republica de Colombia) y Tabatinga (Republica Federativa del Brasil), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 16 al 18 de MORDAZA de 2014; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 15 y su retorno el 19 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo: Iquitos ­ MORDAZA (Republica de Colombia) - Iquitos US$. 180.00 x 2 personas US$. 360.00 Viaticos: US$. 370.00 x 3 dias x 2 personas US$. 2,220.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$. 2,580.00 Articulo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Oficial Superior mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, sera

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