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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2014 (12/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Sábado 12 de julio de 2014 527610 Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Piero Eduardo Ghezzi Solís, Ministro de la Producción. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-18 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en el Principado de Andorra RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2014-RE Lima, 11 de julio de 2014 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 091-2014-RE, que da término al nombramiento del señor Francisco José Eguiguren Praeli como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España; La Resolución Ministerial N° 0394-2014/RE, que fi ja el 31 de agosto de 2014, como la fecha de término de funciones del referido funcionario como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 131- 2013-RE, se nombró al citado funcionario para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Principado de Andorra, con residencia en la ciudad de Madrid, Reino de España; Que, en consecuencia, es necesario dar término al nombramiento ante señalado del señor Francisco José Eguiguren Praeli; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del señor Francisco José Eguiguren Praeli, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Principado de Andorra, con residencia en la ciudad de Madrid, Reino de España, el 31 de agosto de 2014. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-19 Autorizan al Tribunal Constitucional, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y Superintendencia Nacional de Salud efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 120-2014-RE Lima, 11 de julio de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 193-2014-DIGA/TC de fecha 8 de mayo de 2014, del Tribunal Constitucional, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual 2014 a la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia), y de la membresía anual 2014 para la participación en la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2014-RE, se modifi ca el Anexo “B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2014”, de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a efectos de facultar al Tribunal Constitucional el trámite de solicitar la autorización al Ministerio de Relaciones Exteriores para realizar el pago de la contribución anual del 2014; Que, en tal sentido, es pertinente autorizar el pago de la cuota y membresía anual para el año 2014 a la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia), con cargo al presupuesto del Tribunal Constitucional; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Tribunal Constitucional, a efectuar el pago de S/.40,999.48 (Cuarenta Mil Novecientos Noventa y Nueve y 48/100 Nuevos Soles) a la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia), importe correspondiente a una contribución fi nanciera para el año 2014 del Estado Peruano de S/. 36,999.48, (Treinta y Seis Mil Novecientos Noventa y Nueve y 48/100 Nuevos Soles), más S/. 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles) por la membresía a la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional del año 2014. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Tribunal Constitucional. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda extranjera será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-22