Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al ano 2014 a la Conferencia Interamericana de Seguridad Social ­ CISS, con cargo al presupuesto de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP); De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), a efectuar el pago de S/. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles) a la Conferencia Interamericana de Seguridad Social ­ CISS, correspondiente a la cuota del ano 2014. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese.

la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago del debito de la cuota correspondiente al ano 2014 a la Organizacion Internacional de la Vina y el Vino - OIV; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales no financieros de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales, de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el pago del saldo de la cuota 2014, a la Organizacion Internacional de la Vina y el Vino - OIV, con cargo al presupuesto del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de la Produccion a efectuar el pago de S/. 4,050.00 (Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) a la Organizacion Internacional de la Vina y el Vino - OIV, correspondiente al debito de la cuota del ano 2014. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Produccion (PRODUCE). Articulo 3º.- La equivalencia en moneda extranjera sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-20 RESOLUCION SUPREMA N° 119-2014-RE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Nº 123-2014-GG/ONP de fecha 10 de febrero de 2014, de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) ­ Ministerio de Economia y Finanzas, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al ano 2014 a la Conferencia Interamericana de Seguridad Social - CISS; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro;

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-21

Delegan al Ministro de la Produccion facultades para suscribir la CartaConvenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero del Peru"
RESOLUCION SUPREMA Nº 116-2014-RE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 Vista la Hoja de Tramite (GAB) N° 642, de fecha 16 de junio de 2014, del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores; Debiendose suscribir la Carta-Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Peru" (ATN/OC-14160-PE); De conformidad con lo establecido en el articulo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de MORDAZA de 2009; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE, de 21 de MORDAZA de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la persona del senor MORDAZA MORDAZA Ghezzi MORDAZA, Ministro de la Produccion, las facultades suficientes para que suscriba la CartaConvenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema Marino-Costero de Peru" (ATN/OC-14160-PE).

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