Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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Italiana, y aprobado por Resolucion Legislativa Nº 30192 del 8 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- De conformidad con los articulos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Acuerdo, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-8

evaluacion y priorizacion por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales Ano Fiscal 2014, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, mediante Informe Nº 119-2014-MINEDU/SPE-UP, ha senalado que en la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educacion Basica para Todos, se cuenta con recursos susceptibles de ser priorizados para cancelar la cuota que corresponde pagarse a la OIJ en el presente Ano Fiscal; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluacion y priorizacion correspondiente, se considera pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales Ano Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1.- Incorporacion Incorporese en el Anexo B: Cuotas Internacionales Ano Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el siguiente texto:
PLIEGO PRESUPUESTARIO Pliego 010: MINISTERIO DE EDUCACION MONTO (Expresado en Nuevos Soles) S/. 76 140,00 PERSONA JURIDICA

ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE LA JUVENTUD (OIJ)

Ratifican "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Portuguesa para la proteccion, conservacion, recuperacion y devolucion de bienes culturales, paleontologicos, arqueologicos, artisticos e historicos, hurtados, robados e ilicitamente exportados o transferidos"
DECRETO SUPREMO Nº 033-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Portuguesa para la proteccion, conservacion, recuperacion y devolucion de bienes culturales, paleontologicos, arqueologicos, artisticos e historicos, hurtados, robados e ilicitamente exportados o transferidos" fue suscrito el 19 de noviembre de 2012, en la MORDAZA de Lisboa, Republica Portuguesa; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru; y, el MORDAZA parrafo del articulo 2° de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Portuguesa para la proteccion, conservacion, recuperacion y devolucion de bienes culturales, paleontologicos, arqueologicos, artisticos e historicos, hurtados, robados e ilicitamente exportados o transferidos", suscrito el 19 de noviembre de 2012, en la MORDAZA de Lisboa, Republica Portuguesa. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Acuerdo, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-9

Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109882-7

Ratifican "Acuerdo Sede entre la Republica del Peru y el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Oficina en el Peru"
DECRETO SUPREMO Nº 032-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo Sede entre la Republica del Peru y el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Oficina en el Peru", fue suscrito el 16 de enero de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana, y aprobado por Resolucion Legislativa Nº 30192 del 8 de MORDAZA de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo Sede entre la Republica del Peru y el Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Oficina en el Peru", suscrito el 16 de enero de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica

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