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El Peruano Miércoles 16 de julio de 2014 527926 deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de circunscripción para vigencia”, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML; Que, mediante Directiva Nº 001-006-00000015, el Servicio de Administración Tributaria – SAT establece las pautas metodológicas para la determinación de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales, contenidos en Ordenanzas distritales en la Provincia de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 120-2014-MDP/C de fecha 21 de junio del 2014, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2014) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac con los Derechos de los Procedimientos y Servicios Prestados en Exclusividad, siendo remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación; Que, durante el proceso de ratifi cación de dicha Ordenanza, se generaron nuevas normas legales, como el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, publicado el 04.05.13, el mismo que deroga el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA y modifi caciones. Asimismo, se aprobó la nueva metodología de determinación costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA de las Entidades del Estado, aprobada por el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; Que mediante Ofi cio Nº 004-090-00007766, el Servicio de Administración Tributaria – SAT devuelve la solicitud de ratifi cación presentada, por encontrarse observaciones técnicas y legales en el TUPA aprobado, asimismo incluye un conjunto de recomendaciones respecto al nuevo TUPA modelo recientemente publicado; Que, habiéndose cumplido con incorporar dichas recomendaciones en el citado Informe; y Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por el numeral el Numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores, se aprobó; ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRÁMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo Primero.- Aprobación de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad. Apruébense los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad y anexos que forman parte de la presente norma. Artículo Segundo.- Exigibilidad de los derechos de trámite Dispóngase que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo precedente, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los ratifi que y de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobación de los formatos de trámite Apruébense los formatos requeridos para la atención de los procedimientos y servicios brindados en exclusividad, los cuales pueden ser ubicados en la página web del municipio: www.munipachacamac.gob.pe. o en la ventanilla de la Unidad de Trámite Documentario. Artículo Cuarto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090 y modifi catorias, Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones y licencias para la realización de habilitaciones urbanas y edifi caciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 29090 y modifi catorias, así como su Reglamento, Decreto Supremo 008-2013- VIVIENDA. Artículo Quinto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos en donde se desarrollen actividades económicas, recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 28976. En cumplimiento de las formalidades previstas en la citada ley, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional, de las Estructuras de Costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonifi cación e índice de usos (compatibilidad de uso), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Sexto.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional Dispóngase la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional, el cual contiene un total de 86 procedimientos y 10 servicios brindados en exclusividad, conforme las denominaciones y detalles establecidos en el anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- Difusión de Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional El anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional de la entidad (www.munipachacamac. gob.pe) el portal del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Asimismo, en atención a lo previsto en el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 039-2007-MTC reglamento de la Ley Nº 29022 se dispone la publicación en la página web institucional de las estructuras de costos de los procedimientos correspondientes a telecomunicación. Artículo Octavo.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que y de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo Noveno.- Aseguramiento del cumplimiento de las medidas de publicidad Encárguese a la Secretaría General – responsable de actualizar la página web, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en ley, en especial la publicación del anexo que contiene el listado de procedimientos y servicios brindados en exclusividad por la Municipalidad se efectúe en los portales electrónicos mencionados en la misma fecha de la publicación de la presente ordenanza. Artículo Décimo.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1110102-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo para acogerse a facilidades de la Ordenanza Nº 364- MDSMP, que estableció beneficios tributarios y no tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2014/MDSMP San Martín de Porres, 14 de julio del 2014