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El Peruano Miércoles 16 de julio de 2014 527909 Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Luis Alberto Sánchez Campos, regidor del Concejo Provincial de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Salomón Salles Padilla, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 43506086, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, mientras dure la licencia concedida a Luis Alberto Sánchez Campos, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1111069-5 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN N° 604-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00685 EL PORVENIR - TRUJILLO – LA LIBERTAD Lima, ocho de julio de dos mil catorce VISTOS los Ofi cios N.º 187-2014-SG/MDEP y N° 187- 2014-SG/MDEP, presentados el 23 de junio y 2 de julio de 2014, por Diana María Quispe Romero, secretaria general de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida a la regidora Flor de María Nolasco Pérez. CONSIDERANDOS 1. El literal b del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 2 de julio de 2014 (fojas 003), la secretaria general de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, remite copia certifi cada de la licencia, sin goce de haber, que Flor de María Nolasco Pérez, presentó el 6 de junio de 2014 (fojas 004), ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo N° 46-2014-MDEP, de fecha 16 de junio de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que Flor de María Nolasco Pérez, regidora del concejo distrital, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140- 2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a José Fernando Chang Mendoza, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 18077132, candidato no proclamado del partido político Alianza para el Progreso, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Flor de María Nolasco Pérez, regidora del Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a José Fernando Chang Mendoza, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 18077132, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, mientras dure la licencia concedida a Flor de María Nolasco Pérez, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1111069-6 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de presidente del Gobierno Regional de Apurímac RESOLUCIÓN N° 606-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00736 APURÍMAC Lima, ocho de julio de dos mil catorce VISTO el Ofi cio N° 192-2014-GRA/01/CR, presentado el 3 de julio de 2014, por Lili Ramos Anampa, presidenta del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Elías Segovia Ruíz, presidente del Gobierno Regional de Apurímac. CONSIDERANDOS 1. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en caso de que