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El Peruano Jueves 17 de julio de 2014 527953 Lima, dos de julio de dos mil catorce. VISTA la Carta N.º 149-2014-MDJLO/SG, recibida el 1 de julio de 2014, presentada por Elisa Isabel Crespo Chiroque Vda. de Vallejos, secretaria general de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, comunicando la solicitud de licencia, sin goce de haber, requerida por José Manuel Díaz Periche, regidor de la referida comuna. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. El 23 de mayo de 2014, José Manuel Díaz Periche, regidor de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, ciento veinte días antes de la fecha de las elecciones (fojas 7), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 022-2014-MDJLO, de fecha 4 de junio de 2014 (fojas 2 a 3), por el periodo de ciento veinte días calendarios, a partir del mes de junio, es decir, por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 4 de octubre del año en curso. 4. Teniendo en consideración que el regidor José Manuel Díaz Periche presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede convocar a Gene Henry Muñoz Vásquez, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 25780945, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, conforme a lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de acuerdo con la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a José Manuel Díaz Periche, regidor de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 4 de octubre de 2014, con motivo de participar en las Elecciones Regionales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Gene Henry Muñoz Vásquez, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 25780945, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, mientras dure la licencia de José Manuel Díaz Periche, otorgándosele la credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1111639-3 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 568-A-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00624 HUANTA - AYACUCHO Lima, dos de julio de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 245-2014-MPH-VRAEM/A, presentado el 1 de julio de 2014 por Rodomir Etelredo Chávez Rey Sánchez, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Cleofé Pineda Gamboa, regidora de la Municipalidad Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. El 6 de junio de 2014, Cleofé Pineda Gamboa, regidora de la Municipalidad Provincial de Huanta, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones (fojas 15), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 066- 2014-MPH/CM, de fecha 25 de junio de 2014 (fojas 4 a 5), por el periodo de ciento veinte días calendarios, precisando su efectividad a partir del 7 de junio hasta el 5 de octubre del año en curso. 4. Teniendo en consideración que la regidora Cleofé Pineda Gamboa presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede convocar a Julio Velapatiño Guerrero, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07235028, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Regional Todos con Ayacucho, conforme a lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de acuerdo con la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Cleofé Pineda Gamboa, regidora de la Municipalidad Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014, con motivo de participar en las Elecciones Regionales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Julio Velapatiño Guerrero, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07235028, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho, mientras dure la licencia de Cleofé Pineda