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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2014 (19/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Sábado 19 de julio de 2014 528154 Decreto Supremo Nª 005-2010-MINAM tienen como objeto establecer el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente efi ciente de los residuos sólidos en el país. Que, el artículo 24º del Reglamento de la Ley Nº 29419, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005- 2010-MINAM, señala que las Municipalidades Distritales y Provinciales, según corresponda, promueven la formalización de organizaciones de recicladores con personería jurídica, quienes deben cumplir con los aspectos técnicos establecidos en dicho Reglamento, y que deben incorporarse al Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos a cargo de la Municipalidad. Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 29419 plantea la aprobación del Marco Normativo Municipal en cuanto a la elaboración y aprobación de una Ordenanza que complemente los aspectos legales, técnicos, administrativos y operativos para la formalización de recicladores, conforme a lo establecido en la Ley y el Reglamento antes mencionado. En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el distrito de Lurigancho Chosica, en el que se establecen los mecanismos de regulación para el manejo selectivo de los residuos sólidos como política pública local. El presente Reglamento cuenta con 04 Capítulos, 12 artículos, 02Disposiciones Finales, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encárguese a la Gerencia de Servicios Públicos y Sub Gerencia de Limpieza Pública efectuar las coordinaciones con la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Transporte y Equipo Mecánico y Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Administrativa para el cumplimiento de la presente norma. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Municipio (www.munichosica.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1112001-1 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2014/MDLCH Chosica, 4 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, el día lunes 28 DE JULIO del año 2014, se celebrará el 193º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERÚ. Que, de conformidad a lo expuesto por el Art.49º de la Constitución Política del Estado se reconoce a la Bandera bicolor como Símbolo Patrio; asimismo, la normatividad municipal establece con ocasión de celebrar las festividades cívicas, embanderar los inmuebles públicos y privados en señal de reconocimiento pleno al Símbolo Patrio, para reafi rmar y fomentar entre los vecinos de nuestra jurisdicción, los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la Patria. Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, asi como crear conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas de todos los inmuebles de nuestro distrito, lo cual redundará en el mejoramiento del ornato local; y, Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; SE DECRETA: Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL en el distrito de Lurigancho – Chosica, desde el domingo 20 DE JULIO hasta el jueves 31 DE JULIO del año 2014, con ocasión de celebrar el 193º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERÚ, recomendándose la limpieza y/o pintado de las fachadas de los inmuebles público o privado en nuestra jurisdicción. Segundo.- La Municipalidad Distrital de Lurigancho- Chosica iniciará a partir del domingo 20 de julio del año 2014, INSPECCIONES para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones y aplicar las sanciones correspondientes. Tercero.- La Gerencia de Rentas a través de la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Tributaria queda encargada de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo que se está disponiendo en el segundo numeral del presente dispositivo. REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN