Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2014 (19/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Sabado 19 de MORDAZA de 2014

528149
Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1112662-6

Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 621-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00749 SAN MORDAZA MORDAZA - HUAMANGA - MORDAZA MORDAZA, quince de MORDAZA de dos mil catorce VISTO el Oficio Nº 208-2014-ALC-MDSJB/AYAC., presentado el 7 de MORDAZA de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 015), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 047-2014-MDSB/ AYAC., de fecha 11 de junio de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 8 de junio y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA Liz MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 80322314, candidata no proclamada de la alianza electoral Frente Regional Tuna, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA Liz MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 80322314, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caraveli, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 622-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00697 CARAVELI - MORDAZA MORDAZA, quince de MORDAZA de dos mil catorce VISTOS los Oficios N.º 211-2014-MPC y Nº 0221-2014GM/MPC, presentados el 24 de junio y 2 de MORDAZA de 2014, por MORDAZA MORDAZA Oporto MORDAZA, gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Caraveli, departamento de MORDAZA, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Herbe Olave Ugarte. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 30 de MORDAZA de 2014 (fojas 007), Herbe Olave Ugarte, regidor del Concejo Provincial de Caraveli, presento su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 023-2014-MPC, de fecha 18 de junio de 2014 (fojas 006), por el periodo comprendido entre el 6 de junio y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que Herbe Olave Ugarte, regidor del concejo provincial, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA Amed MORDAZA Chumpitazi, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 41696232, candidato no proclamado del movimiento regional Fuerza Arequipena, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Camana, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

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