Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2014 (19/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Sabado 19 de MORDAZA de 2014

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citado procedimiento, a pesar de haber sido debidamente notificado con el acuerdo de concejo que declaro la vacancia, corresponde aprobar la decision del Concejo Distrital de Tisco y emitir las credenciales correspondientes al accesitario que, por ley, debe ser convocado. 6. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a Aguida Quico Sayco, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 41328392, candidata no proclamada de la lista presentada por la organizacion politica de alcance regional Decide, para que asuma el cargo de regidora, ello, de acuerdo con lo senalado en el acta de proclamacion de resultados de computo y de autoridades municipales distritales electas emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Caylloma, con fecha 19 de octubre 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Tisco, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, por las causales establecidas en el articulo 22, numerales 4 y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de Tisco, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Aguida Quico Sayco, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 41328392, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Tisco, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1112662-4

ANTECEDENTES La solicitud de convocatoria de candidato no proclamado Con fecha 27 de diciembre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Almonte, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tisco, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, remite el Oficio Nº 0417-2013/MDT-TISCO, mediante el cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que, en sede municipal, se declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de Tisco, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 4 y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), siendo que dicha decision habia quedado consentida. CONSIDERANDOS 1. El articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru le otorga al MORDAZA Nacional de Elecciones las competencias y deberes constitucionales de velar por el cumplimiento de las disposiciones referidas a materia electoral e impartir justicia en dicho ambito. 2. El articulo 5, inciso u, de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, contempla como una de las competencias del citado organismo constitucional MORDAZA, declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que, por ley, deben asumirlos. 3. El articulo 23 de la LOM, que regula el procedimiento de declaratoria de vacancia de autoridades municipales, dispone, entre otras materias, que a) la vacancia es declarada con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion a las partes para que ejerzan su derecho de defensa, b) el concejo municipal se pronuncia sobre una solicitud de declaratoria de vacancia en una sesion extraordinaria, en un plazo no mayor de treinta dias habiles despues de presentada la solicitud, c) el acuerdo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideracion, a solicitud de parte, dentro del plazo de quince dias habiles, ante el respectivo concejo municipal y d) en caso de que se interponga un recurso de apelacion en contra de lo resuelto en sede municipal, la entidad MORDAZA debera elevar los actuados, en el termino de tres dias habiles, ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. 4. En el presente caso se aprecia lo siguiente: a. En la sesion extraordinaria del 26 de agosto de 2013, contando con la asistencia del MORDAZA y cuatro regidores, el Concejo Distrital de Tisco declaro, por unanimidad de los asistentes, la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 4 y 7, de la LOM (fojas 141). b. A traves del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 016-2013-MDT, del 26 de agosto de 2013, se aprueba la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 4 y 7, de la LOM, ya que no asistio a las sesiones de concejo municipal convocadas y realizadas durante el periodo comprendido entre los meses de MORDAZA del 2012 y agosto del 2013 (fojas 134 y 135). c. La notificacion del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 016-2013-MDT, del 26 de agosto de 2013, dirigida al regidor MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA, fue efectuada el 28 de agosto de 2013 (fojas 132). d. Por medio de la MORDAZA suscrita por MORDAZA MORDAZA Suclle, secretario de la Municipalidad Distrital de Tisco, el 25 de setiembre de 2013, se indica que, por mesa de partes de la entidad MORDAZA, no se presento ningun documento o medio impugnatorio por parte del regidor MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA (fojas 142). e. Mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 048-2013MDT, del 27 de setiembre de 2013, se declaro consentido el procedimiento de vacancia seguido contra el regidor MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 4 y 7, de la LOM (fojas 141). 5. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento de declaratoria de vacancia seguido contra el regidor MORDAZA MORDAZA Huahuisa MORDAZA, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 4 y 7, de la LOM, toda vez que dicha autoridad no cuestiono el

Revocan la Res. N° 0001-2014JEE TRUJILLO/JNE, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Chao, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION N° 614-2014-JNE Expediente N° J-2014-00768 CHAO - MORDAZA - LA MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE N° 00036-2014-051) ELECCIONES MUNICIPALES 2014 MORDAZA, diez de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Grau, personero legal titular de la organizacion politica Partido Humanista Peruano, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en contra de la Resolucion N° 0001-

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