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El Peruano Sábado 19 de julio de 2014 528153 Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que participen en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Miryam Elizabeth del Carmen Aragon Espejo, Jefe de Supervisión de Seguros del Departamento de Supervisión de Intermediarios y AFOCAT, a la señora Beatriz Chois Mostajo, Supervisor Principal de Seguros del Departamento del Sistema de Seguros “A”; ambas de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, y al señor Luis Daniel Bouroncle Maldonado, Intendente del Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS del 21 al 26 de julio de 2014, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 3,593.37 Viáticos US$ 5,550.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1112361-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen el embanderamiento general de los predios del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2014-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del 2014 se celebra el Centésimo Nonagésimo Tercer (193º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; proclamada por Don José de San Martin y Matorras, por lo que corresponde promover que la ciudadanía reafi rme su identidad con la gesta emancipadora y su mensaje de libertad y de afi rmación como actora de su propio destino; por lo que es deber del Gobierno Local realzar los acontecimientos cívicos, incentivando la participación del vecindario y afi rmando el respeto a los símbolos patrios; Que, uno de los lineamientos de política de la actual gestión municipal constituye promover el conocimiento y reconocimiento, por parte del pueblo comeño, de los acontecimientos que constituyen hitos en el proceso de construcción de una Nación Soberana, con el fi n de proyectar valores democráticos y espíritu solidario entre la ciudadanía y la juventud; Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 42º y 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los predios del Distrito de Comas del 15 de julio al 01 de agosto del año 2014, con motivo de celebrarse el 193º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios, sean privados o públicos, de vivienda o comercio. Artículo Segundo.- DISPONER que los predios del distrito deberán estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada y en la medida de lo posible se recomienda su pintado, de conformidad con el artículo 93º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Comunal, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Salud, y Sub Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad de Comas, a los once días del mes de julio del dos mil catorce. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 1112596-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban Reglamento de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el distrito Lurigancho Chosica ORDENANZA Nº 205-MDL Chosica, 4 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida; y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente. Que, el artículo 43º de la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, establece que las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones favorables que directamente o indirectamente generan un benefi cio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización o segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos sólidos en los sectores económicos y actividades vinculadas con su generación. Que, la Ley Nº 29419- Ley que regula la actividad de los recicladores, así como su Reglamento aprobado mediante