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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2014 (24/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Jueves 24 de julio de 2014 528537 Artículo Tercero.- DISPONER que la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos días - ASPERSUD, debidamente representada por el señor Ángel Herbeth Alarcón Villar, deberá efectuar la inscripción del lote en el Registro de Predios de acuerdo al Plano de Trazado y Lotización signado con el Nº 007- 2014-SGOPHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripción: Nº Lote Nº Lote Único Único Área Área (m2) (m2) Frente Frente (ml) (ml) Lado Lado Derecho Derecho (ml) (ml) Lado Lado Izquierdo Izquierdo (ml) (ml) Fondo Fondo (ml) (ml) Lote 30, 31 y 32 3, 102.00 56.40 55.00 55.00 56.40 Artículo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redención en dinero del défi cit de aportes reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, por tratarse la presente de una Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote Único, dichos défi cit deberán ser valorizados y cancelados en cada una de las entidades correspondientes, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº 836-MML ZONIFICACIÓN : VT - Vivienda Taller ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 0.00 m2 APORTE APORTE % ORD. ORD. 836-MML 836-MML PRO- PRO- YECTO YECTO DEFICIT DEFICIT RECREACION PUBLICA 7 217.14 m2 -------- 217.14 m2 PARQUES ZONALES (SERPAR) 2 62.04 m2 -------- 62.04 m2 RENOVACION URBANA (FOMUR) 1 31.02 m2 -------- 31.02 m2 Servicios Públicos Complementarios MINISTERIO DE EDUCACION 2 62.04 m2 -------- 62.04 m2 Servicios Públicos Complementarios MUNICIPALIDAD DISTRITAL S.J.L. 2 62.04 m2 -------- 62.04 m2 TOTAL 14 434.28 m2 --------- 434.28 m2 NOTA: (*) El défi cit de aportes reglamentarios por Recreación Pública y Servicios Complementarios (Municipalidad Distrital S.J.L.), han sido redimidos en dinero. (**) El défi cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de educación) Artículo Quinto.- DÉJESE como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el défi cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR), de 62.04 m2, Renovación Urbana (FOMUR) de 31.02 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) de 62.04 m2, dicha carga será levantada cuando se cumpla con los pagos de los défi cit de aportes. Artículo Sexto.- DISPONER que la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos días - ASPERSUD, debidamente representada por el señor Ángel Herbeth Alarcón Villar, deberá solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c del Articulo 13º de la Ley Nº 29090. Artículo Sétimo.- DÉJESE como carga inscrita en el Registro de Predios, la culminación de las obras de Habilitación Urbana, señaladas en el Articulo Segundo de la presente, hasta antes de la Recepción de las Obras. Artículo Octavo.- REMITIR copias certifi cadas del FUHU, de la presente Resolución Sub Gerencial, y de un juego del Plano de Trazado y Lotización, y de la Memoria Descriptiva, respectivamente, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, al Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, a la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. - EMILIMA S.A. y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y registro, conforme lo establecido el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2013- VIVIENDA. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Décimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo del interesado, en un plazo no mayor de (30) días calendario, contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Décimo Primero.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR A. OLIVERA FALCONI Subgerente de Obras Privadas y Habilitaciones urbanas 1114995-1 Aprueban recepción de obras de habilitación urbana con variación de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 148-2014-SGOPHU-GDU/MDSJL San Juan de Lurigancho, 2 de julio del 2014 LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Expediente Administrativo Nº 69721-H1-2013, de fecha 17 de diciembre del 2013, promovido por el señor el señor Henry Ly Carruitero, en calidad de Apoderado de Hipermercados Tottus S.A., mediante el cual solicita Recepción de Obras con Variación de Habilitación Urbana de Lote Único, del terreno de 5,003.51 m2, ubicado en la Avenida Principal (antes Prolongación Malecón Checa) Sub Lote 1-1A de la Manzana L, Urbanización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11990679 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 075- 2011-MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 22 de julio del 2011, esta Sub Gerencia resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único con Construcción Simultánea, bajo la modalidad de Aprobación D – Aprobación con Evaluación previa de Comisión Técnica, para Uso Comercio Zonal CZ, del terreno de 5,003.51 m2, ubicado en la Avenida Principal (antes Prolongación Malecón Checa) Sub Lote 1-1A de la Manzana L, Urbanización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; siendo que el Plano de Ubicación y Localización, Plano de Lotización, Plano Perimétrico y el Plano de Pavimentos son registrados como Plano Nº 012-2011-HU-SGHU- GDU/MDSJL, Nº 013-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL, Nº 014-2011-HU-SGHU-GDU/MDSJL y el Nº 015-2011-HU- SGHU-GDU/MDSJL respectivamente; ello, en mérito a lo solicitado por la empresa Hipermercados Tottus S.A.; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, modifi cado por Ley Nº 29476, señala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional; además, determina las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitación urbana y de edifi cación; Que, asimismo, la Novena Disposición Final de la Ley Nº 29090 precisa que la presente Ley entra en vigencia al día siguiente de la publicación de los Reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica);