Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2014 (24/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

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concertar la Politica Ambiental Local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil, articulando sus politicas ambientales con la Comision Ambiental Metropolitano y el MINAM. Que, la Ordenanza Nº 196-2010-A/MDC, establece en el Articulo 2º incisos a), b), elaborar y/o construir participativamente el Plan de Accion Ambiental Local asi como la Agenda Ambiental Local del distrito de Carabayllo, instrumentos que deben ser aprobados mediante Ordenanza en concordancia con la Ley MORDAZA del Sistema de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245 a fin de alcanzar los objetivos especificos de la gestion ambiental del distrito. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 251-2011A/MDC, se aprobo la Politica Ambiental Local del distrito de Carabayllo, siendo que de acuerdo al Articulo 1º la Municipalidad Distrital de Carabayllo ejerce sus funciones ambientales de conformidad con lo estipulado en la Ley Organica de Municipalidades, sus propias normas ambientales y lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y la legislacion ambiental vigente. Que, mediante Ordenanza Nº 252-2011-A/MDC se aprobo la creacion del Sistema Local de Gestion Ambiental (SLGA) como instrumento de gestion concordante con el Sistema Nacional de Gestion Ambiental y como parte de la Politica Nacional Ambiental, con la finalidad de efectivizar la aplicacion de las politicas, planes, programas y acciones para asegurar un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA de los habitantes del distrito de Carabayllo. Que, con la Creacion de la Comision Ambiental Municipal - CAM, conformada mediante Ordenanza Nº 196-2010-A/MDC Anexo 3, e integrada por representantes de los diversos sectores que intervienen en el desarrollo local, se inicio un MORDAZA de concertacion para la gestion ambiental local compartida, lo que ha permitido la elaboracion de los instrumentos de gestion ambiental, como: El Diagnostico Ambiental Local, el Plan de Accion y la Agenda Ambiental Local del distrito de Carabayllo. Que, es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestion ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones publicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de proteccion ambiental para mejorar la calidad de MORDAZA de los pobladores del distrito de Carabayllo; Que estando a lo expuesto en el Informe de la Sub Gerencia de Medio Ambiente y su conformidad de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y la Gerencia de Asesoria Juridica de nuestra entidad y de conformidad con los Articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; con el debate favorable del Pleno luego de la exposicion del Sub Gerente de Medio Ambiente; El Concejo Municipal de Carabayllo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCION AMBIENTAL LOCAL "PAAL" Y LA AGENDA AMBIENTAL LOCAL "AAL" DEL DISTRITO DE CARABAYLLO Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Accion Ambiental Local del Distrito de Carabayllo, cuya regulacion se encuentra en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- APROBAR la Agenda Ambiental Local del Distrito de Carabayllo cuya regulacion, se encuentra en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Gestionar la implementacion participativa del Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental Local aprobada en la presente Ordenanza, por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, las instituciones y organizaciones de la Sociedad Civil, sobre la base de una Gestion Ambiental concertada. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1113973-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican beneficios de subvencion contemplados en la Primera Disposicion Transitoria y Final de las Ordenanzas sobre el Regimen de Arbitrios Municipales de los anos 2012, 2013 y 2014 en el distrito
ORDENANZA Nº 275 La MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 09-2014, de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre el proyecto de Ordenanza que modifica los Beneficios de Subvencion contemplados en la Primera Disposicion Transitoria y Final de las Ordenanzas sobre el Regimen de Arbitrios Municipales de los anos 2012, 2013 y 2014 en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo senalado en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Informe Nº 276-2014/MDLM/GAT/ SGRAC la Subgerencia de Registro y Atencion al Ciudadano, propone la modificacion de la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 261, modificada por la Ordenanza Nº 263; de la Ordenanza Nº 238, modificada por la Ordenanza Nº 244 y de la Ordenanza Nº 219, modificada por la Ordenanza Nº 222, con el fin que los contribuyentes que hayan cumplido con declarar diferencias en su predios y no hayan cancelado sus arbitrios municipales por el periodo fiscal correspondiente a los anos 2012, 2013 y 2014, puedan acogerse al beneficio senalado en dichas Disposiciones Transitorias y Finales; Que, mediante Memorando Nº 588-2014-MDLMGPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional sostiene que del analisis del proyecto de Ordenanza, se muestra que los beneficios esperados seran mayores a los costos asociados (gasto fiscal), lo que generara un beneficio economico, con incidencia en la ejecucion presupuestal de los ingresos, determinando una mayor captacion de recursos; asimismo, precisa que la Ordenanza permitira ademas del beneficio economico, orientar a los contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, fortaleciendo la cultura de pago oportuno del vecino del distrito; Que, mediante Informe Nº 027-2014-MDLM-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria, eleva el proyecto de Ordenanza que modifica los Beneficios de Subvencion contemplados en la Primera Disposicion Transitoria y Final de las Ordenanzas sobre el Regimen de Arbitrios Municipales de los anos 2012, 2013 y 2014 en el distrito de La MORDAZA, precisando que cuenta con opinion legal favorable a traves del Informe Tecnico Legal Nº 0182014-MDLM-GAT/NAQL, el cual confirma en todos sus extremos; en tal sentido, es de opinion que el proyecto de Ordenanza es viable tecnica y legalmente; Que, mediante Informe Nº 304-2014-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion legal favorable

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