Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2014 (24/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

528530
por la aprobacion del proyecto de Ordenanza que modifica los beneficios de subvencion contemplados en la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanzas sobre el Regimen de Arbitrios Municipales de los anos 2012, 2013 y 2014 en el Distrito de La MORDAZA, precisando que el ordenamiento juridico concede a los gobiernos locales la potestad tributaria de modificar los arbitrios municipales dentro de un contexto que favorece el otorgamiento de incentivos tributarios, conforme a las normas IV y VII del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1332013-EF; en tal sentido, remite los actuados a fin que la propuesta de Ordenanza sea aprobada por el Concejo Municipal conforme a sus atribuciones consagradas en los numerales 8 y 9 del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, con Memorando Nº 584-2014-MDLM-GM, la Gerencia Municipal solicita poner los actuados a conocimiento del Concejo Municipal para su aprobacion, conforme a sus atribuciones contempladas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, asimismo el presente proyecto de Ordenanza se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el Articulo Nº 14º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, siendo innecesaria la pre publicacion, teniendo en consideracion que la propuesta normativa contiene un beneficio tributario de caracter temporal cuyo otorgamiento es potestad de la entidad; Estando a lo expuesto, al Dictamen Conjunto Nº 092014 de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º numeral 8 y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS BENEFICIOS DE SUBVENCION CONTEMPLADOS EN LA PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL DE LAS ORDENANZAS SOBRE EL REGIMEN DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LOS ANOS 2012, 2013 Y 2014 EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese la primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 219, modificada por la Ordenanza Nº 222, conforme al siguiente texto: Primera.- DETERMINACION PARA PREDIO CON USO MORDAZA HABITACION La determinacion de cada uno de los Arbitrios Municipales de los predios cuyo uso sea MORDAZA habitacion no excedera el 25% de incremento con relacion a los arbitrios municipales determinados en el ejercicio 2011. Articulo Segundo.- Modifiquese la primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 238, modificada por la Ordenanza Nº 244, conforme al siguiente texto: Primera.- PREDIOS CON USO MORDAZA HABITACION La determinacion de los Arbitrios Municipales de los predios cuyo uso sea MORDAZA habitacion, no excedera con respecto a la determinacion con beneficio correspondiente al ano 2012, del 32% para el Arbitrio de Barrido de Calles, del 17% para el Arbitrio de Recoleccion de Residuos Solidos, del 28% para el Arbitrio de Parques y Jardines Publicos y del 50% para el Arbitrio de Serenazgo. Articulo Tercero.- Modifiquese la primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 261, modificada por la Ordenanza Nº 263, conforme al siguiente texto: Primera.- PREDIOS CON USO MORDAZA HABITACION La determinacion de los Arbitrios Municipales de los predios cuyo uso sea MORDAZA habitacion, no excedera con respecto a la determinacion con beneficio correspondiente al ano 2013, del 32% para el Arbitrio de Barrido de Calles, del 28% para el Arbitrio de Parques y Jardines Publicos y del 50% para el Arbitrio de Serenazgo. Articulo Cuarto.- Los pagos efectuados por los contribuyentes por concepto de Arbitrios Municipales del periodo 2012, 2013 y 2014 MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, tienen caracter de cancelatorios,

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

incluidos los convenios de fraccionamientos suscritos por dichos conceptos y que se encuentren pendientes de pago, por lo que, no podran ser reclamados, devueltos, ni objeto de compensacion; Articulo Quinto.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria, la Subgerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, la Subgerencia de Registro y Atencion al Ciudadano, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1114730-1

Aprueban "Beneficio Extraordinario de Regularizacion y Actualizacion Tributaria en el distrito de La Molina"
ORDENANZA Nº 276 La MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 10-2014, de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularizacion y Actualizacion Tributaria en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme lo senala el Articulo 41º de la MORDAZA acotada, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 015-2011, se aprobo el Reglamento del Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias; Que, con Informe Nº 028-2014-MDLM-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria presenta un proyecto de Ordenanza que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularizacion y Actualizacion Tributaria en el Distrito de La MORDAZA, por medio del cual se propone dar facilidades respecto de deuda vencida y no vencida pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.