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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2014 (24/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Jueves 24 de julio de 2014 528525 Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1114585-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 3689-2014 Lima, 19 de junio de 2014 EL SECRETARIO GENERAL (A.I.) VISTA: La solicitud presentada por la señora Sandra María López López para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG- SGE-360-04; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 23 de enero de 2014, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Sandra María López López postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013 y la Resolución SBS N° 03490- 2014 de fecha 09 de junio de 2014. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Sandra María López López con matrícula número N-4282, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General (a.i.) 1114035-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S. A. la apertura de agencia en el departamento de Ayacucho y el cierre de oficinas especiales móviles en los departamentos de Cusco y Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 4481-2014 Lima, 15 de julio de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A., para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el departamento de Ayacucho; y el cierre de dos ofi cinas especiales móviles en los departamentos de Cusco y Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3624-2012 del 19 de junio 2012, se autorizó a la Caja la apertura de una Ofi cina Especial Móvil en el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa; Que, mediante Resolución SBS N° 1543-2013 del 1 de marzo de 2013, se autorizó a la Caja la apertura de una Ofi cina Especial Móvil en el distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco; Que, la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N°12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A., la apertura de una agencia ubicada en el Jirón Bolognesi N° 330, distrito de Puquio, provincia de Lucanas y departamento de Ayacucho. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A., el cierre de la Ofi cina Especial Móvil ubicada en el distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco; y, el cierre de la Ofi cina Especial Móvil ubicada en el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1114734-1 Autorizan funcionamiento de la “Caja Rural de Ahorro y Crédito Del Centro S.A.”, como una Caja Rural de Ahorro y Crédito RESOLUCIÓN SBS Nº 4579-2014 Lima, 18 de julio de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTA: La solicitud presentada por el señor Pio Fernando Barrios Ipenza, Organizador Responsable de la Caja