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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (28/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 189

El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526487 el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Ornato y Anuncios el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1102683-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante Ofi cio Nº 1153-2014/MDV-GLySM, recibido el 26 de junio de 2014) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 34-2013/MDV-CDV Ventanilla, 26 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 26 de diciembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Administración mediante Dictamen Nº 47-2013 de 23 de diciembre de 2013, recomienda al Pleno del Concejo Municipal, la aprobación del proyecto de la Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el mismo que cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto y de la Gerencia Legal y Secretaría Municipal, contenidos en los Informes Nº 151-2013/MDV-GPLP y Nº 316-2013/ MDV-GLySM. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestión que simplifi ca los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las Municipalidades facilitando de esta manera a los administrados el conocimiento de los requisitos, las instancias que decidirán sobre los procedimientos o prestaciones de los servicios, los plazos de resolución y demás detalles relevantes en su tramitación. Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta. ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA Artículo 1º.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- APROBAR los Derechos Administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla Artículo 3º.- APROBAR los Formatos/Formularios contenidos en el Anexo del Texto Único de Procedimientos Administrativos y que forman parte integrante de esta Ordenanza, los que serán de distribución gratuitas o de libre reproducción (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Artículo 4º.- El ANEXO que contiene los procedimientos y servicios aprobados mediante la presente ordenanza será publicado en el Portal Institucional de la Entidad y en los Portales correspondientes del Estado. Artículo 5º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 23-2013/MDV y todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1102382-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Ordenanza que prohíbe la caza y/o engorde de porcinos, ovinos, caprinos, vacunos, aves de corral y otros animales con fines comerciales y/o domésticos en zonas urbanas y/o zonas periféricas urbanas del Distrito Capital de la Provincia de Huaral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2014-MPH Huaral, 29 de Mayo del 2014. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Prohíbe la Crianza y/o Engorde de Porcinos, Ovinos, Caprinos, Vacunos, Aves de Corral y otros animales con fines comerciales y/o domésticos en Zonas Urbanas y/o Zonas Periféricas Urbanas del Distrito Capital de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que la Municipalidad Provincial de Huaral es un Órgano de Gobierno Local, con autonomía, política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, conforme señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972. Que, el Artículo 7º de la Constitución Política del Estado establece que todos tienen derecho a la protección de la salud, por ello concordante con el Artículo 59º del mismo cuerpo legal, que precisa que el Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni seguridad. Que, los Gobiernos Locales representan al vecindario promueven la adecuada prestación de los servicios públicos, local y de desarrollo integral, sostenible y armónico de su suscripción, conforme al Artículo IV del