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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (28/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 180

El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526478 CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 30114 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el fi scal 2014, establece en el numeral 12.1, que se encuentran autorizadas en el presente Año Fiscal 2014 la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras: inciso e) “Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal solo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2014”; asimismo, el numeral 12.2 de la precitada Ley establece que dichas transferencias se realizan, en el caso de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y que el Acuerdo del Consejo Regional se publica en el diario ofi cial El Peruano, así como en la página web institucional; Que, mediante Ofi cio Nº 188-2014-EPS GRAU S.A.- G, del 12 de febrero del 2014 (HRyC Nº 06216), la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU EPS Grau S.A. remite el Convenio de Transferencia de Partida para cofi nanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la EPS GRAU S.A para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable en los Caseríos Ejidos Norte y La Mariposa, Distrito, Provincia y Departamento de Piura” – “Línea de empalme reservorio R1 a Loma Linda”, solicitando la transferencia de recursos fi nancieros ascendentes a S/. 269,598.16 nuevos soles; Que, mediante Ofi cio Nº 716-2014-EPS GRAU S.A.-GG, del 14 de abril del 2014 (HRyC Nº 15536), la Gerencia General de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento EPS Grau S.A., alcanza la Resolución de Gerencia General Nº62-2014-EPS GRAU S.A-GG del 07 de abril de 2014 que aprueba el Expediente Técnico de la Obra “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable en los Caseríos Ejidos Norte y La Mariposa, Distrito, Provincia y Departamento de Piura” meta: “Ampliación de la Red Matriz de Agua Potable, desde el R1 HASTA LA Urbanización Loma Linda”, código SNIP 233160; Que, mediante Ofi cio Nº 370-2014/GRP-410000, del 13 de mayo del 2014, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial precisa que para el presente ejercicio fi scal se cuenta con Disponibilidad de hasta S/. 269,599.00 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y nueve con 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución del Proyecto antes mencionado; con Informe Nº 1587-2014/GRP-460000, del 18 de junio del 2014, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable; Que, con Memorando Nº 1729-2014/GRP-410000, del 23 de junio de 2014, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite informe previo favorable en concordancia con el numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 30114, indicando que para el presente ejercicio fi scal se cuenta con disponibilidad de hasta S/. 269,599.00 nuevos soles por la fuente de fi nanciamiento de Recurso Determinados; y con Informe Nº 033-2014/GRP-200010-ACCR del 24 de junio de 2014, Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional recomienda se autorice a Presidencia Regional la suscripción del Convenio antes mencionado; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 10 - 2014, celebrada el día 25 de junio del 2014, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar a la Presidencia del Gobierno Regional Piura, la suscripción del Convenio de Transferencia de partida para cofi nanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la EPS GRAU S.A. para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: “Mejoramiento y ampliación del servicio de agua potable en los caseríos Ejidos Norte y la Mariposa, Distrito, Provincia y Departamento de Piura” – Línea de empalme reservorio R1 a Loma Linda, código SNIP Nº 233160. Artículo Segundo.- Autorizar de manera excepcional, en el segundo trimestre del ejercicio fi scal 2014, la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 269,599.00 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y nueve con 00/100 Nuevos Soles) del Pliego Gobierno Regional Piura a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A - EPS GRAU S.A. para el cofi nanciamiento del proyecto de inversión pública señalado en el artículo primero. Articulo Tercero.- Disponer que la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A - EPS GRAU S.A., en concordancia con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 30114 Ley del Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 2014, bajo responsabilidad cumpla con prohibir a las unidades de administración, presupuesto y obras, o la que hagan sus veces de dicha entidad, reorientar los recursos públicos que transfi era el Gobierno Regional Piura para cofi nanciar la ejecución del proyecto mencionado en el artículo primero, a otras actividades o proyectos, ni efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a los recursos transferidos. Asimismo, presente de manera oportuna los informes mensuales de avance de obra, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura. Artículo Cuarto.- Disponer que la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A - EPS GRAU S.A., acredite en el presente ejercicio presupuestal 2014, la incorporación presupuestal y fi nanciera de los recursos transferidos por el Gobierno Regional Piura, por el importe de S/. 269,599.00 (Doscientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y nueve con 00/100 Nuevos Soles), conforme lo regula la normativa vigente del Sistema de Contabilidad y Tesorería respectivamente. Artículo Quinto.- Encargar a Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Regional de Infraestructura, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas es sus dimensiones físicas y fi nancieras para los cuales les fueron entregados los recursos, del monto transferido por el Gobierno Regional Piura a favor de la EPS GRAU S.A. Artículo Sexto.- Encargar al Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupción, la designación de veedores, conforme al procedimiento que regula la normativa regional vigente, para su participación en la etapa de ejecución de los componentes según presupuesto analítico de obra materia de cofi nanciamiento. Artículo Sétimo.- La transferencia fi nanciera aprobada en el numeral anterior, no enerva la obligación de la EPS GRAU S.A. de cumplir con suministrar la información relativa al avance físico y fi nanciero de la ejecución del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado del Asentamiento Humano El Indio Castilla - Piura, con código SNIP Nº 81876; proyecto cofi nanciado hasta por el monto de S/. 1´791,257.00 nuevos soles, recursos transferidos en el marco del Acuerdo de Consejo regional Nº 916-2013/ GRP-CR. Artículo Octavo.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Noveno.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. VANESSA PERICHE BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional 1103036-1