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El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526477 solicitándole al Gobierno Regional Piura apruebe una transferencia fi nanciera de S/. 4’186,531.99 nuevos soles; con Memorando Nº 724-2014/GRP-410000 del 13 de marzo de 2014, ampliado con Memorando Nº 1755-2014/ GRP-410000 del 24 de junio de 2014, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite certifi cación presupuestal hasta por la suma de S/. 1’500,000 nuevos soles por fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, señalando que la diferencia estará en función de la disponibilidad fi nanciera de recursos de canon y sobre canon; con Informe Nº 756-2014/GRP-460000 del 21 de marzo de 2014, la ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable; Que, mediante Memorando Nº 1742-2014/GRP- 410000, de fecha 24 de junio del 2014, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial señala que efectuará la modifi caciones presupuestarias y la Ofi cina Regional de Administración garantizará la programación de los recursos sufi cientes, para atender el pago de las obligaciones respectivas, suscribiendo ambas Gerencias el Compromiso por un monto de S/. 2’686,532 nuevos soles, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para la ejecución del PIP antes mencionado; Que, mediante Memorando Nº 1755-2014/GRP-410000, de fecha 24 de junio del 2014, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite a la Secretaria del Consejo Regional, la Ampliación del Memorando Nº 0724-2014/GRP-410000, de fecha 13 de marzo del 2014. Al respecto, resulta necesario recordar que, mediante el Memorando Nº 0724-2014/GRP-410000, la Gerencia Regional antes citada, emitió un pronunciamiento favorable en relación a la existencia de cobertura presupuestal sufi ciente para garantizar los dos (02) desembolsos de Recursos Financieros hasta por la suma de S/. 4’186,531.99 (Cuatro Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Uno con 99/100 Nuevos Soles); desembolsos que se realizarían dentro del marco del “Convenio de Transferencia de Partida para Cofi nanciamiento entre el Gobierno Regional de Piura y la EPS Grau S.A. para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: Instalación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el A.A.H.H. La Molina II Sector 2, A.A.H.H. Ollanta Humala Tasso y en UPIS Villa Mercedes - Distrito - Provincia y Departamento de Piura”; Que, con Informe Nº 034-2014/GRP-200010-ACCR del 25 de junio de 2014, Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, recomienda se autorice a la Presidencia Regional, la suscripción del “Convenio de Transferencia de Partida para cofi nanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la EPS GRAU S.A para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: Instalación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el AA.HH La Molina II Sector 2, AA.HH Ollanta Humala Tasso y en UPIS Villa Mercedes – Distrito, Provincia y Departamento de Piura”; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 10 - 2014, celebrada el día 25 de junio del 2014, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar a la Presidencia del Gobierno Regional Piura, la suscripción del “Convenio de Transferencia de Partida para Cofi nanciamiento entre el Gobierno Regional de Piura y la EPS Grau S.A. para la ejecución del Proyecto de Saneamiento: Instalación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el A.A.H.H. La Molina II Sector 2, A.A.H.H. Ollanta Humala Tasso y en UPIS Villa Mercedes - Distrito - Provincia y Departamento de Piura”; el mismo que tiene por objeto transferir a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. – EPS Grau S.A, los recursos fi nancieros ascendentes a la suma de S/. 4’186,531.99 (Cuatro Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Uno con 99/100 Nuevos Soles); los mismos que se destinarán, única y exclusivamente, a cofi nanciar el Proyecto de Inversión Pública denominado: “Instalación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en los Asentamientos Humanos La Molina II – Sector 2, Ollanta Humala Tasso y UPIS Villa Mercedes en el Distrito, Provincia y Departamento de Piura”, código SNIP Nº 260131. Artículo Segundo.- Autorizar las Transferencias Financieras del Pliego Gobierno Regional Piura a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. – EPS Grau S.A., por un monto total de S/. 4’186,531.99 (Cuatro Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Uno con 99/100 Nuevos Soles), recursos fi nancieros que se destinarán, única y exclusivamente, al cumplimiento de los objetivos previstos en la Cláusula Tercera del Convenio señalado en el artículo primero. Artículo Tercero.- Precisar que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Sétima del mencionado Convenio, las dos (02) Transferencia Financieras autorizadas a través del presente Acuerdo de Consejo Regional, son las siguientes: 1) Una primera Transferencia o Desembolso por la suma de S/. 1’500,000.00 (Un Millón Quinientos Mil con 00/100 Nuevos Soles), durante el Ejercicio Fiscal 2014, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados y previa presentación y constatación de valorizaciones; 2) Una Segunda Transferencia o Desembolso por la suma de S/. 2´686,532 (Dos Millones Seiscientos Ochenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, encontrándose esta transferencia supeditada a la disponibilidad fi nanciera de los Recursos de Canon y Sobre Canon Petrolero, también previa presentación y constatación de Valorizaciones. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Infraestructura, realice el seguimiento y monitoreo de los recursos fi nancieros transferidos dentro del marco del Convenio aprobado en el artículo primero, debiendo dicha Gerencia, emitir un informe trimestral respecto de la evaluación del desarrollo y ejecución del Convenio, coordinando con la contraparte los correctivos necesarios o formulando las sugerencias para optimizar el desarrollo de los mismos, conforme se establece en el Capítulo X de la Directiva Regional Nº 016-2013/GRP-100010 – “Normas y Procedimientos para la Suscripción de Convenios por parte del Gobierno Regional de Piura”. Artículo Quinto.- Encargar al Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupción, la designación de veedores, conforme al procedimiento que regula la normativa regional vigente, para su participación en la etapa de ejecución de los componentes según presupuesto analítico de obra materia de cofi nanciamiento. Artículo Sexto.- Precisar que la aprobación de la presente Autorización de Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A – EPS Grau S.A., efectuada dentro del marco del Literal g) del artículo 12º de Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2014, no enerva la obligación de la EPS Grau S.A. de remitir - en el plazo perentorio de 10 días calendarios de emitido este Acuerdo - la información de los recursos fi nancieros transferidos a través del Acuerdo de Consejo Regional Nº 916 - 2013/GRP-CR, de fecha 24 de junio del 2013. Artículo Sétimo.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. VANESSA PERICHE BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional 1103033-1 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1034-2014/GRP-CR Piura, 25 de junio de 2014