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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2014 (17/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Lunes 17 de marzo de 2014 519054 SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 383-2013-MDCH de fecha 05 de setiembre del 2013 y ENCARGAR provisionalmente a partir de la fecha de Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad de Chorrillos a la Abogada JOHANNA ANTUANETH REYES SANCHEZ con Registro en el Colegio de Abogados de Lima Nº 47295 hasta la culminación del concurso público respectivo de acuerdo a ley. Artículo Segundo.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará a la Partida Específi ca correspondiente al Presupuesto vigente de la Municipalidad de Chorrillos mediante contrato CAS. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Personal el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1061705-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Establecen beneficios tributarios a favor de los vecinos de la Avenida Ricardo Palma del distrito de Miraflores ORDENANZA Nº 417/MM Mirafl ores, 13 de marzo de 2014 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; reconociéndoseles que son competentes para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a la ley, según lo dispuesto en el artículo 195, inciso 4, del mismo texto normativo; concordante con los lineamientos establecidos en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; Que, se ha planifi cado la ejecución de obras en la Avenida Ricardo Palma, en dos etapas, para la transformación del espacio público con la construcción de pistas, reparación de bermas, veredas y construcción de sardineles, por un período inicial de cincuenta y nueve (59) días calendarios; Que, la ejecución de las obras indicadas conllevará al cierre de la vía por etapas, circunstancia que difi cultará la prestación regular de los servicios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos) y Parques y Jardines durante los períodos de ejecución; Que, en tal sentido, resulta necesario disponer benefi cios tributarios respecto al pago de los Arbitrios Municipales que por la prestación de dichos servicios se genera, por el plazo que dure la ejecución de las obras y de acuerdo a las etapas programadas, a favor de quienes tengan la condición de contribuyentes conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 405/MM y cuyos predios generadores de deuda se encuentren ubicados en la Avenida Ricardo Palma, así como la generación de créditos a favor de aquellos que ya hubieran cumplido con su obligación de pago de manera adelantada; Que, mediante Memorando Nº 437-2014-SGOP- GOSP/MM, la Subgerencia de Obras Públicas informa acerca del desarrollo de la ejecución de las obras señaladas en la Avenida Ricardo Palma, detallándose que viene realizándose de manera progresiva y que respecto a la primera etapa, su ejecución se inició el 21 de enero y se extenderá hasta el mes de marzo, y en cuanto a la ejecución de la segunda etapa, la misma se inició el 17 de febrero y culminará en el mes de marzo; Que, mediante Informe Nº 088-2014-GAT/MM de fecha 07 de marzo de 2014, la Gerencia de Administración Tributaria hace llegar el Informe Nº 75-2014-SGR-GAT/ MM de la Subgerencia de Recaudación, con el que se propone el texto normativo de condonación de arbitrios municipales acorde con los hechos mencionados; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 107-2014-GAJ/MM de fecha 07 de noviembre de 2014, emite opinión favorable respecto a la aprobación de la propuesta referida, la cual se encuentra acorde a la normatividad aplicable, debiendo proseguirse con el trámite respectivo para tales efectos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS A FAVOR DE LOS VECINOS DE LA AVENIDA RICARDO PALMA DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo 1.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto el otorgamiento de los benefi cios tributarios de condonación al pago de arbitrios municipales de Limpieza Pública y Parques y Jardines a los contribuyentes, respecto de sus predios ubicados en la Avenida Ricardo Palma, afectados por las obras que la municipalidad viene ejecutando en dicha zona. Artículo 2.- Ámbito de aplicación Podrán gozar de los benefi cios previstos en la presente ordenanza, los propietarios o poseedores de predios ubicados en la Avenida Ricardo Palma, siempre que se encuentren debidamente registrados en la base tributaria de la Municipalidad de Mirafl ores, en calidad de contribuyentes. El benefi cio resulta también aplicable a los inquilinos u ocupantes de los predios antes mencionados, que por realizar actividades comerciales, de servicios o similares, tienen la condición de responsables solidarios al pago de los arbitrios municipales, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 405/MM. Los benefi cios tributarios serán aplicables a los contribuyentes y responsables solidarios, conforme se hayan ejecutado las obras públicas en la cuadra donde se ubica el predio generador de los arbitrios municipales señalados y por el período que hayan durado las labores, de acuerdo a cada una las etapas defi nidas. Artículo 3.- Benefi cios tributarios otorgados: Los contribuyentes y responsables solidarios señalados en el artículo precedente, gozarán de los siguientes benefi cios: 3.a) Primera Etapa: Para los que tengan u ocupen predios ubicados en las cuadras 12, 13, 14, 15 y 16 de la Avenida Ricardo Palma: Condonación al pago de los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles) y Parques y Jardines, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2014, así como de los intereses moratorios que se hubiesen generado. 3.b) Segunda Etapa: Para los que tengan u ocupen predios ubicados en las cuadras 09, 10 y 11 de la Avenida Ricardo Palma: Condonación al pago de los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles) y Parques y Jardines de los meses