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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2014 (19/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Miércoles 19 de marzo de 2014 519195 POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 12-2014-MPC-SR-CAM de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades artículo 9 inciso 3 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local; Que, la Ordenanza N° 000067-2010, aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, con Memorando N° 045-2014-MPC/GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización e Informe N° 006-2014-MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización, propone la modifi cación del literal a y la inclusión de los literales b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n, o, p, q en el artículo 48 B de este instrumento de gestión; asimismo, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, con Memorando N° 090-014-MPC- GGAJC, opina que resulta ajustada a Ley la modifi cación estructural del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao correspondiente a la Gerencia de Programación e Inversiones; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 el Concejo Municipal Provincial del Callao, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA 000067 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2010 QUE APROBÓ EL TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ROF CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES Artículo 1º.- Modifi case la Ordenanza Municipal N° 000067 del 22 de diciembre de 2010, que aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao en su artículo 48 b, modifi cando el literal a conforme al texto siguiente: “Artículo 48 B.- Son Funciones de la Gerencia de Programación de Inversiones: a. Elaborar en coordinación con la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización, el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) de la Municipalidad Provincial del Callao.” Artículo 2º.- Inclúyase en el Artículo 48 B los literales b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n, o, p, q correspondientes a la Gerencia de Programación e Inversiones, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, conforme al siguiente texto: “b. Velar que el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) se enmarque en las competencias de nivel de gobierno local en los planes de desarrollo que corresponde. c. Mantener actualizada la información registrada en el Banco de Proyectos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) por todos los aplicativos informáticos que se aplican con el Sistema Nacional de Inversión Pública -SIAF. d. Registrar, actualizar y cancelar (si fuera necesario) el Registro de las Unidades Formuladoras (UF) de la Municipalidad, según corresponda en el Aplicativo del Banco de Proyecto (Vía WEB). e. Promover la capacitación permanente del personal técnico de las unidades formuladoras (UF) y unidades ejecutoras (UE) de la Municipalidad Provincial del Callao. f. Realizar el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública en la fase de inversión, verifi cando el cumplimiento de las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, realizar el seguimiento de la ejecución física y fi nanciera de los Proyectos de Inversión Pública, buscando asegurar que esta sea consistente con las condiciones y parámetros bajo las cuales fue otorgada la viabilidad. g. Evaluar y emitir informes técnicos sobre los estudios de pre-inversión. h. Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública, que formulen las unidades formuladoras previa Evaluación del Estudio de Pre-Inversión en sus diferentes fases, de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública. i. Aprobar expresamente los términos de referencia cuando la unidad formuladora contrate la elaboración de los estudios de pre inversión. En caso dicha colaboración sea realizada por la misma unidad formuladora, la Gerencia de Programación e Inversiones aprueba el Plan de Trabajo de la misma. La presente disposición no es aplicable a los proyectos conformantes de un conglomerado. j. Informar a la Dirección General de Programación Multianual, sobre los proyecto de inversión pública declarados viables. k. Emitir opinión técnica sobre cualquier proyecto de inversión pública de su competencia en cualquier fase del ciclo del proyecto. l. Emitir opinión favorable sobre cualquier solicitud de modifi cación de la información de un estudio o registro de un proyecto de inversión pública en el Banco de Proyectos, podrá solicitar la información que considere necesaria para los órganos interesados; m. Coordinar permanentemente con las unidades formuladoras la ejecución de proyectos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Sistema Nacional de Inversión Pública. n. Formular y remitir informes a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización sobre el desarrollo de los proyectos del Programa Anual de Inversión Pública. o. Coordinar con las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad la programación anual de los Proyectos de Inversión Pública de su competencia. p. Representar a la Municipalidad ante organismos públicos y privados nacionales e internacionales para la coordinación y realización de actividades concernientes al ámbito de su competencia. q. Efectuar otras funciones afi nes que le asigne la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización en materia de su competencia. Artículo 3º.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe de conformidad al artículo 2 de la Ley N° 29091. Artículo 4º.- Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1062759-1 Disponen como medio de pago la entrega de bienes y/o prestación de servicios por concepto de deudas tributarias y no tributarias a la Municipalidad Provincial del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2014 Callao, 28 de febrero de 2014