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El Peruano Miércoles 26 de marzo de 2014 519507 Aprueban la “Guía de Programación y Formulación Presupuestaria de Programas Presupuestales con Articulación Territorial, con una perspectiva de Programación Multianual, para los Gobiernos Regionales” y sus Anexos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2014-EF/50.01 Lima, 24 de marzo de 2014. CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, a partir del año 2013 se comenzó la implementación de la Programación Multianual, como un esfuerzo colectivo de análisis técnico y toma de decisiones sobre las prioridades que las entidades públicas prevén realizar para el logro de resultados esperados a favor de la población, así como la estimación de los recursos necesarios para el logro de los mismos, para un periodo de tres (3) años fiscales consecutivos; Que, de otro lado, la articulación territorial en los Programas Presupuestales se defi ne como la integración de dos o más entidades de distinto nivel de gobierno en las distintas fases del proceso presupuestario, asociados a un Programa Presupuestal; Que, en ese sentido, se considera necesario aprobar la “Guía de Programación y Formulación Presupuestaria de Programas Presupuestales con Articulación Territorial, con una perspectiva de Programación Multianual, para los Gobiernos Regionales”, con la fi nalidad de brindar orientaciones prácticas para la programación y formulación multianual del gasto público, para la provisión de los productos y proyectos en los Programas Presupuestales que tienen articulación territorial; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Guía de Programación y Formulación Presupuestaria de Programas Presupuestales con Articulación Territorial, con una perspectiva de Programación Multianual, para los Gobiernos Regionales” y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la “Guía de Programación y Formulación Presupuestaria Multianual de Programas Presupuestales con Articulación Territorial para los Gobiernos Regionales”, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, así como sus Anexos, se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1066546-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia de autorización para desarrollar actividad de generación eléctrica que efectúa Duke Energy Egenor S. en C. por A. a favor de Kallpa Generación S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2014-MEM/DM Lima, 21 de marzo de 2014 VISTO: El Expediente Nº 33170108, organizado por DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Las Flores, y la solicitud de transferencia de dicha autorización a favor de KALLPA GENERACIÓN S.A., presentada el 28 de febrero de 2014; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Ministerial N° 011- 2009-MEM/DM, publicada el 13 de enero de 2009, se otorgó a favor de DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Las Flores, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima; Que, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2371301, presentado el 28 de febrero de 2014, DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe a favor de KALLPA GENERACIÓN S.A., la transferencia de la autorización de generación a que se refi ere el considerando que antecede; Que, como sustento de la solicitud, presentó el Acuerdo Privado de Transferencia de Activos y Derechos suscrito el 26 de febrero de 2014, mediante el cual DUKE ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. transfi ere la titularidad de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica de la Central Térmica Las Flores a favor de KALLPA GENERACIÓN S.A., a fi n de que dicha transferencia surta efectos a partir del 01 de abril de 2014; Que, cabe resaltar que, el acuerdo citado en el considerando anterior, estaba sujeto a se otorgue la autorización de INDECOPI, habiéndose obtenido mediante Resolución Nº 007-2014/CLC-INDECOPI de fecha 25 de febrero de 2014, que otorgó sin condiciones la autorización previa de operación de concentración empresarial presentada por KALLPA GENERACIÓN S.A., operación por la cual esta última adquiriría la Central Térmica Las Flores de propiedad de DUKE ENERGY EGENOR S. en C. POR A., en virtud que no existen indicios de que la operación antes mencionada puede falicitar el ejercicio de poder de mercado o la realización de prácticas colusorias, dañar e impedir la competencia y la libre concurrencia en las actividades de generación, transmisión o distribución de energía eléctrica o en las mercados relacionados; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se defi nen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica de la Central Térmica Las Flores a KALLPA GENERACIÓN S.A., la que deberá inscribir el Acuerdo Privado de Transferencia de Activos y Derechos a que se refi ere el tercer considerando de la presente Resolución, así como el texto de esta última, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo establecido en el ítem AE01 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos