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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2014 (26/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Miércoles 26 de marzo de 2014 519512 De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 26918 – Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;y, el Decreto Supremo Nº 003- 2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 38/100 NUEVOS SOLES (S/. 477 366,38) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, los cuales serán destinados al pago de remuneraciones y pensiones, correspondientes al mes de marzo de 2014, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Beneficencia Pública. Artículo 2º.- La Ofi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Las Sociedades de Benefi cencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4º.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado, y la Ofi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1066926-1 Otorgan la XI Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” 2014, con ocasión de la celebración del Mes de la Mujer RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 074-2014-MIMP Lima, 25 de marzo de 2014 Vista, la Nota Nº 125-2014-MIMP/DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2003- MIMDES se creó la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer”, disponiéndose que la misma sea entregada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como símbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 114-2007- MIMDES, se declara el mes de marzo de cada año como el Mes de la Mujer; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 498-2009- MIMDES de fecha 27 de noviembre de 2009, se aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Condecoraciones en el Sector; conformándose el Consejo Especial de la Condecoración, teniendo entre sus facultades evaluar y acordar el otorgamiento de las distinciones propuestas; Que, asimismo, a través de la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Reglamento, se establece que excepcionalmente la Titular del Sector podrá condecorar a una persona particular, previa conformidad de la Viceministra de la Mujer en cuya competencia se otorga la distinción; Que, mediante Acta N° 06 - “Sexta Sesión del Consejo Especial de la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” 2014 de fecha 21 de marzo de 2014, el Consejo Especial de la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” el Consejo Especial de la Condecoración acordó, entre otros, entregar la mencionada condecoración a las siguientes personas: - MONICA PAOLA SANCHEZ MINCHOLA - La Libertad, en mérito a una vida dedicada al trabajo de promoción de las mujeres y su real acceso a la igualdad de género. - FANNY MARIA CORNEJO FERNANDEZ - Lima, en mérito a su actividad destacada en el desempeño de su profesión. - RUTH NELLY GAMARRA VERAMENDI - Lima, en mérito a su actividad destacada en las Fuerzas Armadas y/o Policía Nacional del Perú. - LIZ GIANINE TUTUSIMA DEL AGUILA - Ucayali, en mérito a su actividad destacada en el campo empresarial. - DAMARIS AREVALO SHAPIAMA - Ucayali, en mérito a su actividad destacada en el desempeño de su labor social. - BRISSA MARITZA MALAGA AGUAD - Lima, en mérito a su actividad destacada en el campo del deporte. - CARMEN ROSA CRISTOBAL CRISTOBAL - Junín, en mérito a su actividad destacada en el campo de las artes. - ESTRELLA QUISPEALAYA SALVATIERRA - Junín, en mérito a su ejemplo de superación de adversidades (mujeres con discapacidad). - TEOFILA CARMELA MARTINEZ SACRAMENTO - Cañete, Lima, en mérito a su ejemplo de vida (adulta mayor). - CATALINA BARBOZA SERINA - Cusco, en mérito a su trabajo por la protección y promoción de los derechos de las mujeres de los pueblos indígenas. - HAYDEE MASSONI CANO - Lima, en mérito a su trabajo por la protección y promoción de los derechos de las mujeres del pueblo afroperuano; Que, asimismo, se acordó, otorgar las Condecoraciones Excepcionales “Orden al Mérito de la Mujer” 2014 a las señoras MARISOL FLAVIA AGÜERO COLUNGA, en mérito a su actividad destacada en el desempeño de su profesión; VANESA TORRE SULLCA, en mérito a ser la primera mujer Espada de Honor egresada de la Escuela Militar de Chorrillos; y, NATALIA MARIA MALAGA DIBOS, en mérito a su actividad destacada en el campo del deporte; Que, en este marco normativo, el MIMP reconoce que es labor del Estado y de la sociedad en su conjunto contribuir con el desarrollo integral de todas las personas, realizando para tal fi n acciones afi rmativas orientadas a reconocer e incentivar la labor de aquellas mujeres destacadas que, con su decidida intervención en el espacio profesional, empresarial, social, deportivo, artístico, etc., muchas veces superando adversidades, fomentan la presencia de la mujer en todas las esferas de la sociedad peruana; Con las visaciones del Viceministerio de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Tecnologías de la Información; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, el Decreto Supremo N° 005-2003-MIMDES y la Resolución Ministerial N° 498- 2009-MIMDES;