Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2014 (26/03/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Miercoles 26 de marzo de 2014

519509
Salida/Llegada de Tension Item la Linea Primaria (kV) 3 4 5 6 7 8 9 10 Derivacion Arinchay Derivacion MORDAZA ­ Arcata Derivacion Jalcan Derivacion MORDAZA Derivacion Huacan Derivacion Acocoto ­ Aynaca Derivacion Acocoto Derivacion Jalcan ­ Calpa 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 Nº de Longitud Sistema Fases (km) Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico 01 01 01 01 01 01 01 01 0,250 17,800 0,155 0,160 0,03 4,430 0,130 17,270 Ancho faja de servidumbre (m) 6 6 6 6 6 6 6 6

VISTO: El Expediente con codigo Nº 64323112, sobre la solicitud de concesion electrica rural para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, persona juridica inscrita en la Partida Nº 11099911 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada ante la Direccion General de Electricidad el 25 de junio de 2012 con registro Nº 2204233, complementada con documentos ingresado con registros Nº 2245613 y Nº 2343712 de fechas 15 de noviembre de 2012 y 14 de noviembre de 2013, el peticionario solicito la concesion electrica rural para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en el proyecto "Pequeno Sistema Electrico Cajatambo ­ MORDAZA II Etapa", ubicado en los distritos de Mangas, Copa y Cajatambo, MORDAZA, Manas y Cochamarca, provincias de Bolognesi, Cajatambo, Huaura y Oyon, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, el peticionario ha presentado la Calificacion como Sistema Electrico Rural (SER), aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 171-2012 EM/DGE, de fecha 31 de MORDAZA de 2012, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; Que, mediante el articulo 39 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, en concordancia con el numeral 11.1 del articulo 11 del mismo cuerpo normativo, publicado el 03 de MORDAZA del 2007, se establecio la obligacion de contar con la Declaracion de Impacto Ambiental para las instalaciones de transmision que integren los SER; Que, debido a que la puesta en operacion de las instalaciones de transmision del "Pequeno Sistema Electrico Cajatambo ­ MORDAZA II Etapa" se realizo en enero del ano 2006, no corresponde presentar el instrumento ambiental descrito en el considerando que antecede; Que, la solicitud esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificacion Rural concordado con los articulos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, ha emitido el Informe Nº 904-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el articulo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ADINELSA, concesion electrica rural para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Pequeno Sistema Electrico Cajatambo ­ MORDAZA II Etapa", ubicado en los distritos de Mangas, Copa y Cajatambo, MORDAZA, Manas y Cochamarca, provincias de Bolognesi, Cajatambo, Huaura y Oyon, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3 de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Ancho faja de Nº de Longitud Sistema serviFases (km) dumbre (m) Bifasico Monofasico 02 01 12,680 0,186 11 6

Derivacion 11 Shanquijirca ­ Soque 12 Derivacion Shanquijirca

13,2

Monofasico

01

3,740

6

13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2

Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico Monofasico

01 01 01 01 01 01 01 01 01

0,190 0,130 0,280 4,810 0,590 12,680 0,110 0,010 0,420

6 6 6 6 6 6 6 6 6

13 Derivacion Llacuain 14 Derivacion Taule 15 Derivacion Mangas ­ Chamas

16 Derivacion Nanis 17 18 Derivacion Poquian ­ Huayllapa Derivacion Huayllapa

19 Derivacion Curquish 20 Derivacion Uramaza

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Electrica Rural Nº 020-2013 a suscribirse con la Empresa Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, el que consta de 17 Clausulas y 03 Anexos. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Directoral debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion Electrica Rural Nº 020-2013, referido en el articulo 3 de la presente Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme a lo previsto en el articulo 53 del acotado Reglamento, aplicados en concordancia con el articulo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Electricidad 1063124-1 RESOLUCION DIRECTORAL N° 050-2014-EM-DGE MORDAZA, 13 de febrero de 2014 VISTO: El Expediente con codigo N° 65320712, sobre la solicitud de concesion electrica rural para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica, presentada

Item

Salida/Llegada de Tension la Linea Primaria (kV) Derivacion QuinllanAntacocha Derivacion Lascamayo

1 2

22,9 13,2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.