Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2014 (26/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

519510
por la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, persona juridica inscrita en la Partida N° 11099911 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº GG-378-2012-ADINELSA de fecha 18 de MORDAZA de 2012 bajo el Registro N° 2191547, ADINELSA solicito la concesion electrica rural para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en las instalaciones del proyecto "Redes de Distribucion Secundaria del PSE Cajatambo I Etapa", que comprende las zonas de Cajatambo, Gorgor, Paca, Quinllan, Antacocha, Caquioc y Macahuain, ubicado en los distritos de Cajatambo, Gorgos y Manas, provincia de Cajatambo, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, ADINELSA ha presentado la Calificacion como Sistema Electrico Rural (SER), aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 169-2012 EM/DGE, de fecha 31 de MORDAZA de 2012, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; Que, el articulo 22 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, publicado el 25 de setiembre de 2009, establece la obligacion de contar con la certificacion ambiental, expedida por la autoridad competente, para el otorgamiento de licencias, derechos, autorizaciones y cualquier otro titulo habilitante para el inicio de la ejecucion de proyectos de inversion sujetos al SEIA, dentro del cual estan comprendidos los proyectos de electrificacion rural; Que, debido a que la puesta en operacion de las instalaciones de distribucion del Proyecto "Redes de Distribucion Secundaria del PSE Cajatambo I Etapa" se realizo en el ano 1999, no corresponde presentar el instrumento ambiental descrito en el considerando que antecede; Que, la solicitud esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificacion Rural concordado con los articulos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, ha emitido el Informe Nº 085-2014-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el articulo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ADINELSA, concesion electrica rural para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en la MORDAZA comprendida en el proyecto "Redes de Distribucion Secundaria del PSE Cajatambo I Etapa", ubicado en los distritos de Cajatambo, Gorgor y Manas, provincia de Cajatambo, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3 de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La concesion otorgada comprende la siguiente MORDAZA, segun las especificaciones obrantes en el expediente:
MORDAZA de Departamento Concesion Cajatambo Gorgor Paca Quinllan Antacocha MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Plano Nº U-01 (Esc.: 1/40,000) Pagina 32 Pagina 32 Pagina 32 Item 6 7 MORDAZA de Departamento Concesion Caquioc Marcahuain MORDAZA MORDAZA Provincia Cajatambo Cajatambo

El Peruano Miercoles 26 de marzo de 2014

Distrito Manas Manas

Plano Nº U-01 (Esc.: 1/40,000) Pagina 32 Pagina 32

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Electrica Rural Nº 035-2014 a suscribirse con la Empresa Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ADINELSA, el que consta de 17 Clausulas y 03 Anexos. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Directoral debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el Contrato de Concesion Electrica Rural N° 035-2014, referido en el articulo 3 de la presente Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion sera notificada al concesionario dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al articulo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Electricidad 1062758-1

INTERIOR
Modifican el articulo 1º del D.S. Nº 009-2013-IN, modificado por D.S. Nº 015-2013-IN, en lo referente al departamento de MORDAZA de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 004-2014-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2013-IN, publicado el 31 de octubre de 2013, se modifico el Decreto Supremo Nº 009-2013-IN que fija las zonas geograficas para la implementacion del Regimen Especial de Control de Bienes Fiscalizados; Que, el articulo 1 del citado Decreto Supremo incluyo a las provincias de Tambopata, Tahuamanu y MORDAZA del departamento de MORDAZA de MORDAZA dentro de los alcances del articulo 1 del Decreto Supremo Nº 009-2013-IN; Que, dicha disposicion se dicto ante el incremento de actividades relacionadas con la elaboracion de drogas ilicitas y el uso de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados para uso domestico y artesanal, en especial las gasolinas, gasoholes, diesel y sus mezclas con biodiesel, en determinadas provincias del departamento de MORDAZA de Dios; Que, el departamento de MORDAZA de MORDAZA posee una gran diversidad de especies naturales y de fauna MORDAZA que genera un importante flujo turistico, y ademas, existen otras actividades relacionadas al cultivo de frutales nativos o exoticos que tienen un papel relevante en el desarrollo sostenible de la region; Que, en ese sentido, resulta conveniente exceptuar a las zonas del departamento de MORDAZA de MORDAZA donde se desarrollan las actividades referidas en el considerando precedente del listado de zonas geograficas para la implementacion del Regimen Especial de Control de Bienes Fiscalizados; De conformidad con el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; el inciso 3 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1126;

Item 1 2 3 4 5

Provincia Cajatambo Cajatambo Cajatambo Cajatambo Cajatambo

Distrito

Cajatambo Pagina 32 Gorgor Manas Gorgor Manas Cajatambo Pagina 32

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