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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2014 (26/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Miércoles 26 de marzo de 2014 519513 SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la XI Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” 2014, con ocasión de la celebración del Mes de la Mujer a las señoras que a continuación se señalan: - MONICA PAOLA SANCHEZ MINCHOLA - La Libertad, en mérito a una vida dedicada al trabajo de promoción de las mujeres y su real acceso a la igualdad de género. - FANNY MARIA CORNEJO FERNANDEZ - Lima, en mérito a su actividad destacada en el desempeño de su profesión. - RUTH NELLY GAMARRA VERAMENDI - Lima, en mérito a su actividad destacada en las Fuerzas Armadas y/o Policía Nacional del Perú. - LIZ GIANINE TUTUSIMA DEL AGUILA - Ucayali, en mérito a su actividad destacada en el campo empresarial. - DAMARIS AREVALO SHAPIAMA - Ucayali, en mérito a su actividad destacada en el desempeño de su labor social. - BRISSA MARITZA MALAGA AGUAD - Lima, en mérito a su actividad destacada en el campo del deporte. - CARMEN ROSA CRISTOBAL CRISTOBAL - Junín, en mérito a su actividad destacada en el campo de las artes. - ESTRELLA QUISPEALAYA SALVATIERRA - Junín, en mérito a su ejemplo de superación de adversidades (mujeres con discapacidad). - TEOFILA CARMELA MARTINEZ SACRAMENTO - Cañete, Lima, en mérito a su ejemplo de vida (adulta mayor). - CATALINA BARBOZA SERINA - Cusco, en mérito a su trabajo por la protección y promoción de los derechos de las mujeres de los pueblos indígenas. - HAYDEE MASSONI CANO - Lima, en mérito a su trabajo por la protección y promoción de los derechos de las mujeres del pueblo afroperuano Artículo 2.- Otorgar la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” 2014 a las señoras que a continuación se señalan: - MARISOL FLAVIA AGÜERO COLUNGA - Lima, en mérito a su actividad destacada en el desempeño de su profesión. - VANESA TORRE SULLCA - Junín, en mérito a ser la primera mujer Espada de Honor egresada de la Escuela Militar de Chorrillos. - NATALIA MARIA MALAGA DIBOS - Lima, en mérito a su actividad destacada en el campo del deporte. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP (www.mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1066941-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Centro de Educación Ocupacional de Gestión No Estatal “ABC” Técnica Jesús Obrero,en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, el cambio de ubicación de local en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 5503-2013-MTC/15 Lima, 23 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 158529 y 184165, presentados por la empresa denominada CENTRO DE EDUCACIÓN OCUPACIONAL DE GESTIÓN NO ESTATAL ABC TÉCNICA JESÚS OBRERO – CEOGNE JESÚS OBRERO, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2102-2009- MTC/15 de fecha 04 de junio de 2009, se autorizó a la empresa denominada CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTIÓN NO ESTATAL “ABC” TÉCNICA JESÚS OBRERO – CEOGNE JESÚS OBRERO, para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales, en adelante La Escuela, ubicado en: Av. El Ejército N° 252, Distrito, Provincia y Departamento de Puno, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Motorizados y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2992-2009- MTC/15 de fecha 15 de setiembre de 2009, se autorizó para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la Clase A categoría I; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1757-2012- MTC/15 de fecha 09 de mayo de 2012, se autorizó a La Escuela la modifi cación de clase de Escuela de Conductores Profesionales a Escuela de Conductores Integrales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2232-2013- MTC/15 de fecha 31 de mayo de 2013, se autorizó la ampliación de local a La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, ubicado en: Pueblo Joven San Francisco, Pasaje Mollendo Mz. N, Lt. 25 y en la Calle Junín N° 360, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua; Que, mediante Parte Diario N° 158529 de fecha 29 de octubre de 2013, La Escuela solicita la modifi cación de los términos de su autorización, contenida en la Resolución Directoral N° 2232-2013-MTC/15, cambiando la ubicación de las aulas de enseñanza, el taller de enseñanza teórico - práctico de mecánica y ambiente privado, al local ubicado en: Calle Junín N° 378 – A, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua; Que, mediante Ofi cio N° 7828-2013-MTC/15.03 de fecha 26 de noviembre de 2013, notifi cado el 28 de noviembre de 2013, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles y mediante Parte Diario N° 184165 de fecha 11 de diciembre de 2013, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio antes citado; Que, el numeral c) del artículo 47° del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, indica que: “La obligación de la Escuela es informar a la Dirección General de Transporte Terrestre sobre cualquier modifi cación de los términos de la resolución de autorización como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modifi cación de la misma, o sobre cualquier información que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores”; Que, el artículo 60º de El Reglamento, establece que “La autorización como Escuela de Conductores, así como su modifi cación, suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano”; asimismo, el primer párrafo del artículo 61º, dispone que “Procede la solicitud de modifi cación de autorización de La Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento…”; Que, el literal d) del artículo 53° de El Reglamento indica que “La Resolución de Autorización como Escuela de Conductores contendrá lo siguiente:…d) Ubicación del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorización,…”; Que, la solicitud presentada por la empresa denominada CENTRO DE EDUCACION OCUPACIONAL DE GESTIÓN NO ESTATAL “ABC” TÉCNICA JESÚS