TEXTO PAGINA: 19
El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522013 fi nanciamiento de dichas remuneraciones, se autoriza, de manera excepcional, a las entidades receptoras de gerentes públicos a efectuar transferencias a favor de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, de los recursos destinados a la contratación bajo el régimen laboral especial del Decreto Legislativo Nº 1057 de profesionales para los cargos que sean cubiertos con gerentes públicos; siendo que el pago del complemento remunerativo a cargo de la citada autoridad nacional, en los casos en que dicho complemento resulte necesario, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, el tercer párrafo de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final antes mencionada establece que las transferencias de recursos a que se refi ere dicha disposición se efectúan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional aprobadas por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro del sector habilitador, a propuesta de este último; Que, en dicho contexto, mediante Ofi cio Nº 319-2014- MIDIS-SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas a favor del Pliego 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil, a fi n de fi nanciar el pago de remuneraciones de, entre otros, quince (15) gerentes públicos en el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y un (1) gerente público en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114; Que, atendiendo a lo expuesto y considerando el periodo correspondiente para el pago de las remuneraciones solicitadas, resulta necesario autorizar un transferencia de partidas, hasta por la suma de UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 153 874,00), a favor del Pliego 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil, para ser destinada a fi nanciar el pago de remuneraciones de dieciséis (16) gerentes públicos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de lo dispuesto por la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114; De conformidad con lo establecido en la Decima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a favor del pliego 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil, hasta por la suma de UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 153 874,00), para ser destinada al fi nanciamiento del pago de remuneraciones de dieciséis (16) gerentes públicos en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de lo dispuesto por la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA : ( En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central – MIDIS ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 141 023,00 ---------------- UNIDAD EJECUTORA 007 : Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 012 851,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 1 153 874,00 ========== A LA : ( En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 023 : Autoridad Nacional del Servicio Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Nacional del Servicio Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001922 : Desarrollo de Grupo Directivo y Gerencial del Servicio Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 153 874,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 1 153 874,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1078645-2