Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del Articulo 112º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que el Margen de Reserva para cada Sistema Electrico, sera fijado por el Ministerio de Energia y Minas cada cuatro anos, o en el momento que ocurra un cambio sustancial en la oferta o demanda electrica, y precisa que para tal fin se debera considerar criterios de seguridad, confiabilidad y economia en el abastecimiento de la demanda electrica al nivel de alta y muy alta tension; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 177-2013MEM/DM publicada el 1 de MORDAZA de 2013 se fijo en 37,5 el Margen de Reserva del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) para el periodo MORDAZA 2013 - MORDAZA 2014, senalando que los valores para los siguientes periodos se fijaran segun los resultados de una revision al procedimiento de reconocimiento y pago de la potencia firme, y las recomendacion de mejoras normativas que se requieren para asegurar la disponibilidad de potencia en el sistema para hacer frente a los eventos que se presentan en el sistema; Que, es necesario disponer de mayor plazo para la obtencion de los resultados, de la revision mencionada en el anterior considerando, que ademas posibilitara atender la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº038-2013-EM referido a la unificacion del Margen de Reserva del MORDAZA y el Margen de Reserva Firme Objetivo; Que, como resultado de los analisis, la Direccion General de Electricidad considera necesario fijar para el periodo MORDAZA 2014-Abril 2015 un Margen de Reserva de 32% para el Sistema Electrico Interconectado Nacional; Que, estando a las facultades establecidas en el inciso h) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijar en 32% el Margen de Reserva del Sistema Electrico Interconectado Nacional a que se refiere el inciso e) del Articulo 112 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, para el periodo que se inicia en MORDAZA del ano 2014 y concluye en MORDAZA del ano 2015. Articulo 2º.- Para efectos de la valorizacion de las transferencias de potencia, el COES aplicara el Margen de Reserva del Sistema Electrico Interconectado indicado en el articulo 1º de la presente resolucion, sin considerar la Reserva Fria de Generacion, cuya remuneracion esta incluida en el Peaje por Conexion al Sistema Principal de Transmision. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia el 01 de MORDAZA de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1078641-1

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

VISTOS: El Memorando Nº 373-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe Nº 047-2014-PRODUCE/DVMYPEI/DIGEPRO de la Direccion General de Desarrollo Productivo, el Informe Nº 02-2013-PRODUCE/CE del Presidente del Comite Electoral y el Informe Nº 000062014-PRODUCE/OGAJ-mverdeguer de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29271, establece que el Ministerio de la Produccion es el sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, transfiriendosele las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa ­ MYPE; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia economica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economia nacional, entre ellas, medidas en materia de produccion y productividad a favor de las micro, pequenas y medianas empresas, autorizando al Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de nucleos ejecutores la adquisicion de determinados bienes a las MYPE; Que, la Trigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, modificada por la MORDAZA Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30056, amplia la vigencia del capitulo I del mencionado Decreto de Urgencia 0582011 hasta el 31 de diciembre de 2016, incluyendose en el ambito de aplicacion del mismo la adquisicion a traves de nucleos ejecutores de, entre otros, "ropa hospitalaria, vestuario de salud, carpetas para instituciones educativas y sombreros escolares, sabanas, colchas y frazadas"; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 9º del Decreto de Urgencia acotado, para la adquisicion de cada bien se formara un Nucleo Ejecutor de Compra, el cual estara conformado, entre otros, por un (1) representante del Ministerio de la Produccion ­ PRODUCE y un (1) representante del gremio de la MYPE vinculado con el bien a adquirir, cuya designacion sera formalizada por Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion; Que, con Resolucion Ministerial Nº 147-2013PRODUCE, el Ministerio de la Produccion dispuso la convocatoria a eleccion de representantes de gremios de las MYPE que integraran los nucleos ejecutores de compra referidos en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, entre los cuales se encuentra el "nucleo ejecutor para la compra de frazadas, colchas, ropa hospitalaria y vestuario de salud", asi como tambien la conformacion de un Comite Electoral encargado de conducir dicho MORDAZA electoral; Que, mediante Informe de vistos, el Presidente del Comite Electoral da cuenta del MORDAZA de eleccion de los representantes de los gremios MYPE ante los nucleos ejecutores, senalando que en el nucleo ejecutor para la compra de frazadas, colchas, ropa hospitalaria y vestuario de salud, la designacion sera efectuada a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata que quedo unica en dicho gremio; Que, con Oficio Nº 1074-2013-OGA/MINSA, de la Direccion General de Administracion del Ministerio de Salud, se comunica a la Direccion General de Desarrollo Productivo, el requerimiento de ropa hospitalaria y vestuario de salud que tiene previsto adquirir; Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2014EF, el Ministerio de Economia y Finanzas autoriza una transferencia de partidas del pliego Ministerio de Salud al pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, hasta por la suma de TRECE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.13 939 465.00) destinados a la adquisicion de ropa hospitalaria y vestuario de salud para doce (12) unidades ejecutoras del pliego Ministerio de Salud; Que, en tal sentido, corresponde designar al representante del Ministerio de la Produccion asi como la formalizacion de la eleccion de la representante del

PRODUCE
Designan representante del Ministerio de la Produccion ante el nucleo ejecutor para la compra de frazadas, colchas, ropa hospitalaria y vestuario de salud, conforme a lo establecido en el D.U. Nº 058-2011 y modificatorias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 124-2014-PRODUCE MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2014

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