Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

522025
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 1078645-13

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 3 y 21 del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro MORDAZA y su condecoracion se otorga por la realizacion de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el articulo 22 del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinteres, austeridad, abnegacion y sacrificio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demas personas y que constituyen servicios meritorios: (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el MORDAZA como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiracion, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significacion para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la produccion de trabajo o investigacion original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicacion contribuye significativamente al mejoramiento del Sector y (v) el desempeno eficiente en comision de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social; Que, de acuerdo a los terminos de la propuesta, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez es abogada laboralista con un Master en Seguridad y Salud en el Trabajo y Prevencion de Riesgos Laborales y actualmente se desempena como Directora Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Tacna; Que, cuenta con treinta y un anos de servicios como empleada y funcionaria publica, desempenandose de manera eficiente en las diferentes areas del Sector Trabajo y Promocion del Empleo de la Region Tacna, entre las que destaca el ejercicio de funciones como Inspectora de Trabajo; Sub Directora de Inspeccion Laboral, Seguridad y Salud en el Trabajo; Sub Directora de Negociaciones Colectivas, Registros Generales y Pericias; Sub Directora de Defensa Gratuita y Asesoria del Trabajador; Directora de Empleo y Formacion Profesional; incluyendo ademas su labor como Asesora Tecnica del Despacho Ministerial de Trabajo y Promocion del Empleo en el ano 2009; Que, su abnegada labor se ha visto reforzada con la MORDAZA de importantes iniciativas normativas, presentadas en su oportunidad ante los Poderes Ejecutivo y Legislativo, destacando su participacion en la elaboracion del Proyecto de la Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador (Decreto Legislativo Nº 910); del Anteproyecto del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Anteproyecto de Ley de Prevencion de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y del Anteproyecto de Ley General de Defensa Gratuita y Asesoria del Trabajador, entre otros; Que, su preocupacion por la seguridad y salud ocupacional se manifiesta en su desempeno como Consultora Internacional en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Federacion Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalurgicas para Latinoamerica y el Caribe (FITIM) con sede en Montevideo (Uruguay) desde el ano 2001 hasta la fecha; y es tambien Asesora Ad-Honorem de la Asociacion de Discapacitados de Tacna, desde el ano 1996; Que, ha sido reconocida con la condecoracion "Orden al Merito de la Mujer 2014", otorgada por el Gobierno Regional de Tacna por su destacado desempeno en la profesion y contribuyendo a la defensa de los derechos de la mujer; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 de la Ley Nº 20585; el articulo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74TR y el numeral 4 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion de la Orden del Trabajo, en el Grado de "Oficial" a la senora

Otorgan Condecoracion de la Orden del Trabajo, de manera postuma y promoviendo al Grado de "Gran Cruz"
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2014-TR MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014 VISTO: Con fecha 23 de MORDAZA de 2014, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ambito empresarial, sindical y academico vinculadas al MORDAZA laboral, delibero y aprobo por unanimidad la postulacion del senor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis para recibir de manera postuma la Condecoracion de la Orden del Trabajo, promoviendolo al grado de Gran Cruz; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 3, 21 y 29 del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro MORDAZA, su condecoracion se otorga por la realizacion de acciones distinguidas o servicios meritorios, y puede ser otorgada o promovida de manera postuma; Que, asimismo, el articulo 22 del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinteres, austeridad, abnegacion y sacrificio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demas personas y que constituyen servicios meritorios: (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el MORDAZA como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiracion, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significacion para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la produccion de trabajo o investigacion original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicacion contribuye significativamente al mejoramiento del Sector y (v) el desempeno eficiente en comision de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis fue Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo durante los anos 2007 y 2008, realizando una notable labor en materia de promocion y defensa de los derechos laborales; Que, con fecha 1 de marzo de 2014, acaecio el sensible fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis; Que, en MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis fue un destacado abogado laboralista, graduado en la Pontificia Universidad Catolica del Peru y en merito a su connotada trayectoria y vastos conocimientos en Derecho laboral, fue nombrado Profesor Honorario en diversas universidades del Peru y de otros paises de la region, entre otras distinciones; Que, asimismo, su labor de investigador lo llevo a ser miembro de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, de la Academia Peruana de Derecho, de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, del Instituto Latinoamericano de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, del Centro Latinoamericano de Derecho Procesal del Trabajo, entre otras instituciones dedicadas

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