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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2014 (01/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522024 expositor y panelista en más de cuatrocientos eventos académicos de índole laboral; Que, su interés y experiencia en el campo del Derecho laboral le ha permitido participar en los directorios de reconocidas instituciones como la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, la Asociación Peruana de Recursos Humanos y el Comité de Recursos Humanos de la Cámara Americana de Comercio del Perú; Que, las referencias expuestas constituyen servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 20585; el artículo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74- TR y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Comendador” al señor JORGE LUIS TOYAMA MIYAGUSUKU, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1078645-14 Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 003-2014-TR Lima, 30 de abril de 2014 VISTO: Con fecha 23 de abril de 2014, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación de la señora Maximiliana Lloclla Torres para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Ofi cial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3 y 21 del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22 del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas y que constituyen servicios meritorios: (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector y (v) el desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, la señora Maximiliana Lloclla Torres es una destacada dirigente sindical cuya vida ha sido consagrada a la defensa constante de los derechos laborales y a la generación de propuestas a favor de la igualdad de género, tal como lo refl eja su extensa trayectoria; Que, en la actualidad ejerce el cargo de Secretaria de Asuntos Femeninos y de la Niñez de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú, desde donde viene desarrollando el Proyecto Internacional “Derechos Laborales para las Mujeres y Jóvenes Trabajadoras”, promovido por la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Confederación Sindical de las Américas (CSA); Que, en virtud a su preocupación constante en temas de género, siendo una de las promotoras para impulsar el Comité Intersindical de Mujeres de las Centrales Sindicales, conformado por la Central Autónoma de Trabajadores del Perú, la Central Unitaria de Trabajadores del Perú, la Confederación de Trabajadores del Perú y la Red de Trabajadoras de la Economía Informal, promoviendo un conjunto de actividades unitarias para la defensa de los derechos laborales de las mujeres y la igualdad de género en el Perú; Que, en mérito a su destacada trayectoria sindical ha sido integrante de la Mesa Intersindical de Migraciones Laborales (MIML) promovida en conjunto por la Organización Internacional del Trabajo, el Sindicato Unión General de Trabajadores de España, la Universidad Católica Sedes Sapientiae, el Programa Laboral de Desarrollo y el Proyecto Migrandina de la Organización Internacional del Trabajo; participando además, en el III Encuentro de Frontera Ecuador-Perú, donde asistieron sindicalistas para evaluar los avances y desafíos de las migraciones laborales en ambos países y en el encuentro denominado “Sindicatos, Derechos Laborales y Diálogo Social en el Perú promovido por la Coordinadora de Centrales Sindicales Andinas y la Fundación Paz y Solidaridad de Comisiones Obreras de Andalucía España”; Que, su valiosa experiencia le ha permitido liderar desde la Central Autónoma de Trabajadores del Perú, la promoción de los círculos para la igualdad de género en el ámbito laboral y sindical, desde donde continúa realizando un arduo trabajo de concientización, organización y movilización de las mujeres y jóvenes trabajadoras del país; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 20585; el artículo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74- TR y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Ofi cial” a la señora MAXIMILIANA LLOCLLA TORRES, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1078645-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2014-TR Lima, 30 de abril de 2014 VISTO: Con fecha 23 de abril de 2014, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación de la señora Eliana Lourdes Angélica Vásquez Ordóñez para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Ofi cial; y,