TEXTO PAGINA: 22
El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522016 De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, norma complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Declaraciones y seguridades Otórguese, mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las obras hidráulicas mayores del Proyecto Chavimochic, a celebrarse con la empresa Concesionaria Chavimochic S.A.C. Artículo 2º.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de las seguridades y garantías a que se refi ere el artículo precedente será la que determine el Contrato de Concesión, observándose lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y por el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885. Esta garantía no constituye una garantía fi nanciera. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorícese al Ministro de Agricultura y Riego a suscribir, en representación del Estado de la República del Perú, el Contrato a que se refi ere el Artículo 1° del presente Decreto Supremo. Artículo 4°.- Representación del Gobierno Regional del departamento de La Libertad El Presidente del Gobierno Regional del departamento de La Libertad suscribirá en representación del Concedente, el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las obras hidráulicas mayores del Proyecto Chavimochic. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1078645-4 Designan Director General de la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2014-EF/43 Lima, 30 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2011- EF/43 se designó a la señora Brigitt Bruna Bencich Aguilar como Directora de Programa Sectorial IV – Directora General de la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la señora Brigitt Bruna Bencich Aguilar ha formulado renuncia al cargo de Directora de Programa Sectorial IV – Directora General de la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas que venía desempeñando, por lo que resulta pertinente aceptar su renuncia; Que, resulta necesario designar a la persona que en reemplazo de dicha funcionaria, ocupará el precitado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43 que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 30 de abril de 2014, la renuncia formulada por la señora Brigitt Bruna Bencich Aguilar al cargo de Directora de Programa Sectorial IV – Directora General de la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Zósimo Juan Pichihua Serna como Director de Programa Sectorial IV – Director General de la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1078640-1 EDUCACION Aceptan renuncia de Asesor del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 170-2014-MINEDU Lima, 29 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0590-2011- ED se designó al señor José Antonio Caro Meléndez, como Asesor del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza; Que, el señor José Antonio Caro Meléndez ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE ANTONIO CARO MELENDEZ, al cargo de Asesor del Viceministerio de Gestión Pedagógica del