Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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principalmente a la investigacion y difusion de la tematica laboral y de seguridad social; Que, en cuanto a su aporte legislativo, el senor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis fue miembro del Comite de Expertos nombrado por el Congreso de la Republica para redactar el Anteproyecto de Ley General de Trabajo (2002-2003), fue miembro de la Comision encargada del articulado en materia laboral en la reforma de la Constitucion Politica (2002-2003) y miembro Titular de la Comision Revisora del Anteproyecto de Ley Procesal de Trabajo (2009); Que, en el ano 2004, el senor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis recibio la condecoracion de la Orden del Trabajo en el grado de Gran Oficial, por lo que la promocion postuma debe realizarse al grado inmediato superior; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 de la Ley Nº 20585; el articulo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74TR y el numeral 4 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion de la Orden del Trabajo, de manera postuma y promoviendo al Grado de "Gran Cruz" al senor MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 1078645-10

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

Otorgan Condecoracion de la Orden del Trabajo, de manera postuma y promoviendo al Grado de "Gran Oficial"
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2014-TR MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014 VISTO: Con fecha 23 de MORDAZA de 2014, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ambito empresarial, sindical y academico vinculadas al MORDAZA laboral, delibero y aprobo por unanimidad la postulacion del senor MORDAZA Verdera Verdera para recibir de manera postuma la Condecoracion de la Orden del Trabajo, promoviendolo al grado de Gran Oficial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 3, 21 y 29 del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro MORDAZA y su condecoracion se otorga por la realizacion de acciones distinguidas o servicios meritorios, pudiendo ser otorgada o promovida de manera postuma; Que, asimismo, el articulo 22 del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinteres, austeridad, abnegacion y sacrificio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demas personas y que constituyen servicios meritorios: (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el MORDAZA como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del trabajo y

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