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El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522028 Lima Metropolitana del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante carta de vistos, el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado precedentemente, por lo que es necesario aceptar la misma; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo, en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor AURELIO MANUEL SOTO BARBA, al cargo de Director Regional, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1078639-1 Oficializan el evento denominado “IX Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, a realizarse en el departamento de San Martín RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2014-TR Lima, 29 de abril de 2014 VISTOS: El Acta de la VIII Cumbre de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, el Memorándum N° 122-2014-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Ofi cio N° 657-2014-MTPE/4 de la Secretaria General; el Ofi cio N° 224-2014-MTPE/4/9 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000302 de la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración y el Informe N° 403-2014-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, corresponde al Sector, como competencia exclusiva y excluyente, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certifi cación de competencias laborales, autoempleo, migración laboral y reconversión laboral, realizando seguimiento, monitoreo y evaluación respecto al desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, así como adoptar las medidas correctivas; Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 051-2009-PCM/SD, se reconoce a la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, como la encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales; Que, según el acuerdo 2 del Acta de la VIII Cumbre de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 22 de noviembre de 2013, se elige como sede de la IX Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín, concertando que esta se llevará a cabo los días 22 y 23 de mayo de 2014; Que, la referida cumbre es un espacio de articulación y coordinación del ejercicio de las funciones compartidas entre los tres niveles de gobierno, teniendo por objetivo desarrollar temas de interés, evaluar el desarrollo de ejecución de los acuerdos de la Comisión Intergubernamental, el avance de la implementación de los planes pilotos de experiencia demostrativos para la delegación de competencias de promoción del empleo en los gobiernos regionales a los gobiernos locales, avances y propuestas de la gestión descentralizada en los tres niveles de gobierno; Que, en ese contexto, mediante memorándum de vistos la Viceministra de Trabajo y Presidenta de la Comisión de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con el Jefe de la Ofi cina de Descentralización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitan la ofi cialización del evento denominado “IX Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo” a realizarse en la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín, los días 22 y 23 de mayo de 2014; el que contará con la participación de funcionarios de los distintos Gobiernos Regionales (Gerentes y/o Directores Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, entre otros); Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto de administración interna que ofi cialice el evento a que se contrae el quinto considerando de la presente resolución; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo y Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Administración, de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar carácter ofi cial al evento denominado “IX Cumbre de Descentralización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, organizado por la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en coordinación con la Ofi cina de Descentralización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a realizarse en la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín, los días 22 y 23 de mayo de 2014. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.trabajo.gob.pe, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su puesta en conocimiento a nivel nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1078373-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban como empresa calificada para efecto del Artículo 3º del D. Leg. Nº 973 a Concesionaria Puerto Amazonas S.A., por el desarrollo del proyecto denominado “Nuevo Terminal Portuario Yurimaguas - Nueva Reforma” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2014 MTC/02 Lima, 25 de abril de 2014