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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2014 (03/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Sábado 3 de mayo de 2014 522177 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 30114; Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y en la Directiva Administrativa para la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 737-2010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los Químico Farmacéuticos José Daniel Guerra Camargo y Elmer Edgar Andía Torre, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 4 al 10 de mayo de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (incluido TUUA c/u $ 2,198.32 para 2 personas) : US$ 4,396.64 - Viáticos por 6 días (c/u $ 2,220.00 para 2 personas) : US$ 4,440.00 Total : US$ 8,836.64 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno los referidos profesionales deberán presentar un informe detallado, dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a la que acudirán y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1079126-14 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aceptan renuncia de Gerente de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales del Programa “Vamos Perú” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 008-2014-MTPE/3 Lima, 30 de abril de 2014 VISTOS: La Carta de la señorita Nancy Chauca Vásquez; el Ofi cio N° 140-2014-MTPE/3/24.3 de la Coordinadora Ejecutiva (e) del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” y el Proveído N° 945- 2014-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 013- 2013-MTPE/3, de fecha 6 de junio de 2013, se designó a la señorita Nancy Chauca Vásquez, en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certifi cación de Competencias Laborales del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante carta de vistos, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado precedentemente, por lo que corresponde aceptar la misma; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; literal b) del artículo 10 el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2010-TR y el artículo 18 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 202-2012-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señorita NANCY CHAUCA VASQUEZ, al cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certifi cación de Competencias Laborales del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR QUISPE REMÓN Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral 1078880-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 003-2014-MTC Mediante Ofi cio Nº 327-2014-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 003-2014-MTC, publicada en la edición del día 24 de abril de 2014. En el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2014-MTC que modifi ca el artículo 326 del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - CÓDIGO DE TRÁNSITO: DICE: “Artículo 326.- Requisitos de los formatos de las papeletas del conductor (...) 2.1. Los campos citados en los numerales 1.1, 1.4, 1.5, 1.6, 1.8, 1.10 y 1.13,...” DEBE DECIR: “Artículo 326.- Requisitos de los formatos de las papeletas del conductor (...) 2.1. Los campos citados en los numerales 1.1, 1.4, 1.6 y 1.8,...” 1079127-1