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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2014 (07/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522470 DEC-IPEBA/2013, con el que se recomienda la aprobación de la mencionada norma; Que, mediante el documento de visto, el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo antes mencionado, solicitando se emita la resolución administrativa correspondiente por parte de la Presidencia del Consejo Superior, a efectos de ofi cializarlo; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a través del Acuerdo N° 264-2014-COSUSINEACE arribado Sesión Nº 56 del 23 de abril del 2014, acordó ofi cializar el 453- 2013, de la Sesión N° 143 de 04 de setiembre de 2013, mediante el cual el Directorio del IPEBA aprobó las “Normas de Competencia del Extensionista en el Manejo Productivo de Camélidos Domésticos”; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 453-2013, de la Sesión N° 143 de 04 de setiembre de 2013, mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, aprobó las “Normas de Competencia del Extensionista en el Manejo Productivo de Camélidos Domésticos”, que en anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, así como en la página web del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1079584-8 Oficializan acuerdo que aprobó las “Normas de Competencia de la Maestra Clasificadora de Fibra de Alpaca” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 052-2014-COSUSINEACE/P Lima, 2 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 041-2013-COSUSINEACE-IPEBA-CT de 13 de setiembre del 2013, que remite el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa - SINEACE, tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 28740, el Consejo Superior es el Ente Rector del sistema, estando entre sus funciones aprobar los lineamientos de política para el funcionamiento del SINEACE y de los órganos operadores, a fi n de garantizar la calidad del sistema educativo peruano en su conjunto; así como ejecutar las acciones necesarias para la articulación de los órganos operadores del SINEACE, respetando la autonomía técnica de cada órgano operador y las atribuciones que les corresponde de acuerdo a Ley; Que, el numeral 20.4 del artículo 20° del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que los órganos operadores respectivos aprueban y publican los estándares, criterios, indicadores y procedimientos para la certifi cación de las competencias profesionales; Que, mediante Acuerdo Nº 452-2013, de la Sesión N° 143 de 04 de setiembre de 2013, el Directorio del IPEBA aprobó las “Normas de Competencia de la Maestra Clasifi cadora de Fibra de Alpaca”, documento que en aplicación de lo dispuesto en el literal c) del artículo 35° del Reglamento de la ley del SINEACE, es propuesto por la Dirección de Evaluación y Certifi cación (DEC) del IPEBA mediante Informe Nº 45-DEC-IPEBA/2013, con el que se recomienda la aprobación de la mencionada norma; Que, mediante el documento de visto, el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo antes mencionado, solicitando se emita la resolución administrativa correspondiente por parte de la Presidencia del Consejo Superior, a efectos de ofi cializarlo; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a través del Acuerdo N° 265-2014-COSUSINEACE arribado Sesión Nº 56 del 23 de abril del 2014, acordó ofi cializar el Acuerdo Nº 452-2013-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA aprobó la norma denominada “Normas de Competencia de la Maestra Clasifi cadora de Fibra de Alpaca”. De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 452-2013, de la Sesión N° 143 de 04 de setiembre de 2013, mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, aprobó las “Normas de Competencia de la Maestra Clasifi cadora de Fibra de Alpaca” , que en anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, así como en la página web del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1079584-9 Oficializan acuerdo que aprobó las “Normas de Competencia del Rehabilitador de Cafetales” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 053-2014-COSUSINEACE/P Lima, 2 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 041-2013/COSUSINEACE/IPEBA-CT de 13 de setiembre del 2013, que remite el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica-IPEBA; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa - SINEACE, tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral;