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El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522466 Que, el literal b), del artículo 58º del citado Reglamento, establece que el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU), entre otras, tiene la función de defi nir los estándares e indicadores de evaluación para el proceso de acreditación de las instituciones y programas de educación superior universitaria; Que, el numeral 20.4 del artículo 20° del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que los órganos operadores respectivos aprueban y publican los estándares, criterios, indicadores y procedimientos para la certifi cación de las competencias profesionales; Que, mediante Acuerdo Nº 254-2014, de la Sesión N° 067 del 16 de enero del 2014, el Directorio del CONEAU aprobó el documento técnico “Estándares para la Acreditación de los Programas de Posgrado de Especialización Profesional en la Modalidad Presencial”, que en aplicación de lo dispuesto en el literal a), del artículo 64º del Reglamento de la Ley del SINEACE, es propuesto por la Dirección de Evaluación y Acreditación (DEA) del CONEAU, mediante Ofi cio Nº 148-2013-DEA- CONEAU, solicitando su aprobación; Que, mediante el documento de visto, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, hace de conocimiento el acuerdo antes mencionado, solicitando se emita la resolución administrativa correspondiente por parte de la Presidencia del Consejo Superior, a efectos de ofi cializarlo; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a través del Acuerdo N° 258-2014-COSUSINEACE arribado Sesión Nº 56 del 23 de abril del 2014, acordó ofi cializar el Acuerdo Nº 254-2014-CONEAU mediante el cual se aprobó el documento técnico “Estándares para la Acreditación de los Programas de Posgrado de Especialización Profesional en la Modalidad Presencial”; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 254-2014, de la Sesión Nº 067 del 16 de enero del 2014, mediante el cual el Directorio del CONEAU aprobó el documento técnico “Estándares para la Acreditación de los Programas de Posgrado de Especialización Profesional en la Modalidad Presencial” , que en anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, así como en la página web del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1079584-2 Oficializan acuerdo que aprobó Mapas de Progreso de Comunicación (Escritura y Comunicación Oral) y Matemática (Geometría, Estadística y Probabilidad y Cambio y Relaciones) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 046-2014-COSUSINEACE/P Lima, 2 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 024-2014/COSUSINEACE/IPEBA del 28 de enero del 2014, emitido por el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa - SINEACE, tiene por fi nalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, de acuerdo al literal h) del artículo 16° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, los órganos del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa elaboran, con participación de las instancias descentralizadas, los indicadores de medición de la calidad que contribuyan a orientar la toma de decisiones; Que, el artículo 27°, inciso c) del Reglamento de la Ley 28740, Ley del SINEACE dispone que es función del Directorio del IPEBA establecer los estándares y criterios en los ámbitos nacional y regional de evaluación de los aprendizajes en coordinación con el Ministerio de Educación, así como de la acreditación de instituciones educativas, en concordancia con el artículo 18º de la Ley Nº 28740 y el Proyecto Educativo Nacional aprobado por Resolución Suprema Nº 001-2007-ED; Que, mediante Acuerdo Nº 438-2013, de la Sesión N° 140-IPEBA de fecha 10 de julio 2013, el Directorio del IPEBA aprobó los siguientes Mapas de Progreso: • Mapa de Progreso de Comunicación: Escritura. • Mapa de Progreso de Comunicación: Comunicación Oral. • Mapa de Progreso de Matemática: Geometría. • Mapa de Progreso de Matemática: Estadística y Probabilidad. • Mapa de Progreso de Matemática: Cambio y Relaciones Que, de acuerdo al Informe N° 03-2013-EEAA-IPEBA, emitido por la Coordinadora General del Programa de Estándares de Aprendizaje, estos documentos cumplen con las condiciones técnicas y procedimientos de consulta y aprobación respectivos; Que, mediante el documento de visto, el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo antes mencionado, solicitando se emita la resolución administrativa correspondiente por parte de la Presidencia del Consejo Superior, a efectos de ofi cializarlo; Que, el Consejo Superior del SINEACE, a través del Acuerdo N° 273-2014-COSUSINEACE arribado en Sesión Nº 56 del 23 de abril del 2014, acordó ofi cializar el Acuerdo Nº 438-2013-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA aprobó los “Mapas de Progreso del Aprendizaje de Comunicación: Comunicación Oral y Escritura; y Matemática: Geometría, Estadística y Probabilidades, y Cambio y Relaciones”; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500- 2012-ED SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 438-2013 de la Sesión Nº 140-2013 del 10 de julio del 2013, mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, aprobó los siguientes Mapas de Progreso del Aprendizaje: • Mapa de Progreso de Comunicación: Escritura. • Mapa de Progreso de Comunicación: Comunicación Oral. • Mapa de Progreso de Matemática: Geometría. • Mapa de Progreso de Matemática: Estadística y Probabilidad. • Mapa de Progreso de Matemática: Cambio y Relaciones