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El Peruano Viernes 9 de mayo de 2014 522749 g) En caso la edifi cación no cuente con un sistema de rociadores, las escaleras deberán ubicarse en rutas opuestas con una distancia mínima entre puertas de escape equivalente a ½ de la diagonal mayor de la planta del edifi cio al que sirven: Las formas para establecer la distancia de separación entre escaleras son las siguientes: 1. La distancia entre los ejes de los vanos de las puertas. 2. Por distancia de viaje del evacuante, siempre y cuando el recorrido no se de forma sinuosa y se considere un cerramiento 1 hora corta fuego en los muros y corta humo en las puertas de acceso. 3. Para usos de ofi cinas con plantas mayores a 650 m2 y más de 21 metros de altura, se podrá prescindir del concepto de distancia de separación entre escaleras de evacuación, cuando se cumplan todas las siguientes condiciones, manteniendo el objetivo de lograr una ruta alterna de evacuación vertical: 3.1 OPCIÓN 1: a) La distancia máxima de recorrido, desde el punto más alejado de la edifi cación hasta la puerta de ingreso al hall en donde se encuentran las escaleras de evacuación sea de 30 m b) Las puertas y paredes del hall donde se encuentra la escalera de evacuación, así como sus penetraciones, deberán tener una resistencia al fuego mínima de 1 hora (no incluye las puertas de los ascensores). c) La planta completa deberá de contar con un sistema de rociadores automáticos de acuerdo a la Norma A.130 artículo 162. 3.2 OPCIÓN 2: a) La ofi cina cuenta con 2 escaleras de evacuación, y la distancia máxima de recorrido, desde el punto más alejado de la edifi cación hasta la puerta de las escaleras de evacuación sea de 90 m. b) Una de las salidas deberá de ubicarse al interior de la ofi cina y contar con cerramiento 2 horas cortafuego. c) La escalera ubicada en el hall deberá de contar con cerramiento 2 horas cortafuego. d) La planta deberá de contar con un sistema de rociadores automáticos de acuerdo a la Norma A.130 artículo 162. 3.3 OPCIÓN 3: a) Las ofi cinas que por distancia de recorrido requieran dos o más salidas al hall, deberán contar con salidas separadas por 1/3 o ½ de la diagonal mas desfavorable de la ofi cina (no de la planta del edifi cio) según la protección requerida. b) Las ofi cinas con una sola salida podrán tener una distancia máxima de recorrido de 30 m hacia el hall donde se encuentran las escaleras de evacuación. c) Las escaleras deberán estar ubicadas de forma opuesta para dotar de la ruta alterna al evacuante d) Las escaleras ubicadas en el hall deberán de contar con cerramiento 2 horas cortafuego y cumplir con cualquiera de las alternativas permitidas en la presente Norma. h) Para edifi caciones de uso residencial, cuando sea requerido dos escaleras de evacuación, se podrá prescindir del distanciamiento entre las salidas de evacuación, siempre y cuando se cumplan con todos los siguientes requisitos: 1. El hall deberá ser un espacio de forma regular. 2. Las puertas de los departamentos deberán entregar directamente al hall. La puerta debe abrir hacia el interior de la vivienda. 3. Las escaleras deberán estar ubicadas de forma opuesta para dotar de la ruta alterna al evacuante 4. La distancia de viaje del evacuante dentro de la vivienda no se incluye dentro del cálculo del recorrido común. 5. Las puertas de los departamentos deberán contar con un brazo cierrapuertas automático y una resistencia al fuego de 20 minutos mínimo.