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El Peruano Viernes 9 de mayo de 2014 522745 GRAFICO 2: DISTANCIA DE EVACUACIÓN – OFICINAS CON UN SOLO ACCESO AL HALL Y DOS ESCALERAS DE EVACUACIÓN GRAFICO 3: DISTANCIA DE EVACUACIÓN – OFICINAS CON DOS ACCESOS AL HALL Y DOS ESCALERAS DE EVACUACIÓN (*) NOTAS: i) Para el caso de ofi cinas donde la distancia de recorrido interno más desfavorable supere lo indicado se deberá considerar una ruta alterna. ii) Las distancias de evacuación se miden de la siguiente manera: a) En plantas con distribución de mobiliario, desde el punto más remoto, en ángulos de 90° . b) En plantas con distribución de mobiliario, desde el punto más remoto se toma la distancia de recorrido por los pasillos de evacuación. d) En edifi caciones de uso residencial se podrá agregar 11 m adicionales, medidos desde la puerta del departamento hasta la puerta de ingreso a la ruta de evacuación. e) Sin perjuicio del cálculo de evacuación mencionado, la dimensión mínima del ancho de los pasajes y circulaciones horizontales interiores, medido entre los muros que lo conforman será las siguientes: Interior de las viviendas 0.90 m. Pasajes que sirven de acceso hasta a dos viviendas 1.00 m. Pasajes que sirven de acceso hasta a 4 viviendas 1.20 m. Áreas de trabajo interiores en ofi cinas 0,90 m Locales comerciales 1.20 m. Locales de salud 1.80 m Locales educativos 1.20 m CAPITULO VI CIRCULACIÓN VERTICAL, ABERTURAS AL EXTERIOR, VANOS Y PUERTAS DE EVACUACIÓN Artículo 26.- Existen 2 tipos de escaleras: A. INTEGRADAS Son aquellas que no están aisladas de las circulaciones horizontales y cuyo objetivo es satisfacer las necesidades de tránsito de las personas entre pisos de manera fl uida y visible. Estas escaleras pueden ser consideradas para el cálculo y el sustento como medios de evacuación, si la distancia de recorrido lo permite. No son de construcción obligatoria, ya que dependen de la solución arquitectónica y características de la edifi cación. B. DE EVACUACIÓN Son aquellas a prueba de fuego y humos, sirven para la evacuación de las personas y acceso del personal de respuesta a emergencias. Estas escaleras deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Toda escalera de evacuación, deberá ser ubicada de manera tal que permita a los usuarios en caso de emergencia, salir del edifi cio en forma rápida y segura. 2. Deben ser continuas del primer al último piso en sentido vertical y/o horizontal. Por lo menos el 50 % de estas tendrán que mantener la continuidad hasta la azotea, si la hubiera. A excepción de edifi cios residenciales, donde el acceso a la azotea podrá ser mediante una escalera del tipo gato y en otros usos donde se cuente con varias escaleras al menos una de estas estará obligada a llegar a la azotea. 3. Deben entregar directamente a la acera, al nivel del suelo o en vía pública amplia y segura al exterior, o en su defecto a un espacio compartimentado cortafuego que conduzca hacia la vía pública. Para el caso de vivienda cuando la edifi cación cuente con una sola escalera esta podrá evacuar por el hall de ingreso, asegurando que los materiales no sean infl amables. 4. No será continua a un nivel inferior al primer piso, a no ser que esté equipada con una barrera de contención y direccionamiento en el primer piso, que imposibilite a las personas que evacuan el edifi cio continuar bajando accidentalmente al sótano, o a un nivel inferior al de la salida de evacuación 5. El vestíbulo previo ventilado deberá contar con un área mínima que permita el acceso y maniobra de una camilla de evacuación o un área mínima de 1/3 del área que ocupa el cajón de la escalera. No es obligatorio el uso de vestíbulo previo ventilado en primer piso, por considerarse de nivel de descarga de evacuantes. 6. El ancho útil de las puertas a los vestíbulos ventilados y a las cajas de las escaleras deberán ser calculadas de acuerdo con lo especifi cado en la Norma A.130, artículo 22º. En ningún caso tendrán un ancho de vano menor a 1,00 m. 7. Las puertas de acceso a las cajas de escalera deberán abrir en la dirección del fl ujo de evacuación de las personas y su radio de apertura no deberá invadir el área formada por el círculo que tiene como radio el ancho de la escalera. 8. Tener un ancho libre mínimo del tramo de escalera de 1,20 m, este ancho podrá incluir la proyección de los pasamanos. 9. Tener pasamanos a ambos lados separados de la pared un máximo de 5 cm. El ancho del pasamanos no será mayor a 5 cm pasamanos con separaciones de anchos mayores requieren aumentar el ancho de la escalera. 10. Deberán ser construidas de material incombustible, en cualquiera de los casos deberá de mantener la resistencia estructural al fuego que se solicita en el numeral 15. 11. En el interior de la caja de escalera no deberán existir obstáculos, materiales combustibles, ductos o aperturas. 12. Los pases desde el interior de la caja hacia el exterior deberán contar con protección cortafuego (sellador) no menor a la resistencia cortafuego de la caja. 13. Al interior de las escaleras de evacuación (área de gradas y área de vestíbulo previo), son permitidas