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El Peruano Viernes 9 de mayo de 2014 522771 Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; así como por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, y a lo establecido en la Resolución de Superintendente Nº 044-2014-SMV/02 del 14 de abril de 2014; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Superintendente del Mercado de Valores (e) 1077924-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Sección de Soporte Administrativo Tarapoto de la Oficina de Soporte Administrativo Loreto RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 126-2014/SUNAT Lima, 6 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que se ha estimado conveniente designar a los Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Sección de Soporte Administrativo Tarapoto de la Ofi cina de Soporte Administrativo Loreto, a efectos de garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a dicha unidad orgánica; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Sección de Soporte Administrativo Tarapoto de la Ofi cina de Soporte Administrativo Loreto, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Administrativos Titulares - Luis Laudencio Centeno Surichaqui - José Manuel Santa Cruz Alarcón Fedatarios Administrativos Alternos - Josué Adolfo Beteta Bartra - Francisco Basael Huamán García Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1080420-1 Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a la República Socialista de Vietnam, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 127-2014/SUNAT Lima, 7 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Ofi cio Circular N° 016-2014- MINCETUR/VMCE de fecha 30 de abril de 2014 el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, que en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP por sus siglas en inglés), los países miembros han acordado sostener una reunión de grupos técnicos, la cual se llevará a cabo del 12 al 15 de mayo en la ciudad de Ho Chi Minh, Republica Socialista de Vietnam; Que el Perú viene abriendo sus mercados a través de la suscripción de Tratados de Libre Comercio con otros países, habiéndose concretado a la fecha acuerdos con Estados Unidos de América, Singapur, Tailandia, Canadá, China, Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), Corea, Chile, Unión Europea, Japón y los países de Centroamérica, estando en proceso las negociaciones con el bloque económico del denominado grupo P4; Que el Acuerdo del TPP, conocido previamente como el grupo P4, establece medidas de libre comercio en las áreas de bienes y servicios entre sus miembros, así como sobre derechos de propiedad intelectual y cooperación en ciencia y tecnología; Que la SUNAT en el marco del TPP, participa en las distintas mesas de negociación relacionadas a temas aduaneros como son las Mesas de Reglas de Origen y de Propiedad Intelectual, entre otras, a fi n de prestar su colaboración técnica en los temas de su competencia, con el objeto que se negocien compromisos que puedan ser implementados adecuadamente; Que la participación de la SUNAT en el citado evento, se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional que está alineado con la política del Estado de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, a través de la suscripción de acuerdos internacionales con otros países; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Nº 24-2014- SUNAT/3A0000, de fecha 05 de mayo de 2014, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, del 12 al 16 de mayo de 2014, en las Mesas de Reglas de Origen y Propiedad