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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2014 (09/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 124

El Peruano Viernes 9 de mayo de 2014 522770 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Designan representante alterna y ratifican a representante titular del OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 065-2014-OEFA/PCD Lima, 07 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-80-RE, modifi cado por Decreto Supremo N° 028-97-RE, se crea la Comisión Nacional Permanente Peruana del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/TCA), cuya denominación actual es “Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA)” –en adelante, la Comisión Nacional– en mérito al Decreto Supremo N° 097-2010-RE; Que, conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 097-2010-RE, la Comisión Nacional está conformada, entre otros, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, cuyos representantes –un titular y un alterno– deben ser designados mediante Resolución Ministerial o su equivalente, expedida por la máxima autoridad de la entidad, debiéndose notificar dicha designación al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 135-2012-OEFA/PCD, del 12 de diciembre del 2012, se designó a la abogada Martha Inés Aldana Durán como representante alterno del OEFA ante la Comisión Nacional, advirtiéndose que dicha persona no mantiene vínculo laboral con el OEFA; Que, asimismo, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 159-2013-OEFA/PCD, del 19 de diciembre del 2013, se designó a la abogada Delia Angélica Morales Cuti como representante titular ante dicha Comisión; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al nuevo representante alterno del OEFA ante la Comisión Nacional y ratifi car la designación del representante titular; Contando con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las normas descritas precedentemente, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la ingeniera PAOLA CHINÉN GUIMA, Subdirectora de Calidad Ambiental de la Dirección de Evaluación, como representante alterno del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA). Artículo 2°.- Ratifi car a la abogada DELIA ANGÉLICA MORALES CUTI, Directora de Supervisión, designada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 159-2013-OEFA/PCD, del 19 de diciembre del 2013, como representante titular del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA). Artículo 3°.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 4°.- Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese y comuníquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1081054-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan el funcionamiento de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 050-2014-SMV/02 Lima, 28 de abril de 2014 El Superintendente del Mercado de Valores (e) VISTOS: El Expediente Nº 2014001385, así como el Informe Nº 276-2014-SMV/10 del 25 de abril de 2014, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 117-2013-SMV/10.2 del 24 de septiembre de 2013, se otorgó a los señores Augusto Felipe Barreto Espantoso, Piero Eduardo Ghezzi Solis y Carlos Rojas Perla, autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.; Que, los señores Augusto Felipe Barreto Espantoso, Piero Eduardo Ghezzi Solis y Carlos Rojas Perla solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV autorización de funcionamiento para actuar como sociedad administradora de fondos de inversión; Que, el artículo 22 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modifi catorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y sus modifi catorias, señalan los requisitos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y de la Ofi cina de Tecnologías de Información, realizó una visita de inspección a las instalaciones de Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., a efectos de verifi car que esta cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento; Que, asimismo, de la evaluación de la documentación presentada por Andino Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y de la inspección efectuada, se ha determinado que dicha empresa ha cumplido con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la